Catamarca: sigue el conflicto por la tasa en la boleta de luz

Rechazo a la conciliación por el cobro de la tasa en la energía

Reclamo por la tasa de ocupación del espacio aéreo en Catamarca

NewsITe

La audiencia de conciliación realizada el 15 de septiembre en Catamarca por el cobro de la Tasa de Ocupación del Espacio Aéreo (TOEA) concluyó sin acuerdo entre la distribuidora eléctrica EC SAPEM y los usuarios que impulsan un amparo colectivo. De este modo, el conflicto continúa abierto y ahora también involucra al Ministerio de Desarrollo Productivo provincial, señalado por una resolución que habría habilitado el traslado del cargo a los usuarios.

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De acuerdo con la información incorporada al expediente y expuesta durante la audiencia, la TOEA equivale al 6% del básico energético de la factura de luz. Sin embargo, al sumarse el IVA del 21%, la incidencia real del concepto sobre el total final trepa a un rango de entre 7,1% y 7,2%. La propia guía de facturación de EC SAPEM detalla que la tasa se aplica sobre el básico energético y que el impuesto se calcula luego sobre el subtotal.

Los amparistas Alfredo Marchioli y Fernando Navarro aclararon que su planteo no procura eliminar la tasa municipal, sino definir quién debe hacerse cargo de pagarla. Según su postura, el obligado es la empresa que utiliza postes, cables y el espacio público para prestar el servicio, es decir, la distribuidora, y no cada uno de los usuarios. En el expediente, EC SAPEM había admitido en principio ser el sujeto alcanzado, aunque defendió el traslado del costo a los clientes en función del contrato de concesión.

El rol del Gobierno provincial y el alcance del amparo

Durante la audiencia, la parte actora advirtió sobre una intervención clave del Poder Ejecutivo catamarqueño. Marchioli sostuvo que el Ministerio de Desarrollo Productivo dictó, una vez iniciado el amparo, una resolución administrativa que autorizó a EC SAPEM a incluir la TOEA en las facturas de los usuarios. Esa acusación, formulada por los demandantes, aún no fue revalidada por una decisión judicial de fondo.

Ante la falta de consenso, el tribunal decidió dar intervención formal a la cartera provincial para que explique el alcance y los fundamentos del acto administrativo cuestionado. Mientras tanto, el cobro de la tasa se mantiene vigente y la discusión sobre su legalidad y legitimidad continuará en el marco del proceso colectivo.

Navarro, otro de los representantes de los usuarios, afirmó que durante la conciliación la empresa manifestó estar dispuesta a quitar el cargo, pero atribuyó la decisión final al municipio que percibe la tasa. Los amparistas rechazaron ese argumento al remarcar que no se discute la potestad municipal para establecer la TOEA, sino la determinación de la distribuidora de trasladar ese costo directamente a los hogares y comercios.

  • La causa fue admitida como acción colectiva, por lo que su alcance excede a los primeros firmantes del amparo.
  • La documentación comercial de EC SAPEM identifica a la TOEA como un 6% aplicado sobre el básico energético de la factura.
  • Durante la instancia de conciliación no se dispuso la eliminación del cargo ni se dictó una resolución definitiva.

“El debate central no es la existencia de la tasa, sino quién debe pagarla: la distribuidora que usa el espacio público o cada usuario en su factura de luz”, plantean los amparistas.

Con el conflicto aún sin resolver y la intervención del Ministerio de Desarrollo Productivo en curso, el caso se perfila como un antecedente relevante para el resto de los usuarios de Catamarca, en un contexto de suba de tarifas y creciente sensibilidad social frente a los costos de los servicios públicos.

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