La CNV restringe el uso de cheques y exige transferencias bancarias

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La Comisión Nacional de Valores (CNV) dispuso el fin del uso de cheques como medio de pago para ingresar y retirar fondos del mercado de capitales argentino. A través de la Resolución General 1166/2026, publicada en el Boletín Oficial, el organismo regulador volvió sobre una desregulación implementada este mismo año y estableció que, desde ahora, las transferencias serán el único canal habilitado para mover dinero entre los clientes y los actores del sistema bursátil.
Con la nueva normativa, todas las operaciones de ingreso de fondos deberán realizarse desde cuentas bancarias a la vista, de titularidad o cotitularidad del cliente, en entidades financieras autorizadas por el Banco Central (BCRA), o desde una Clave Virtual Uniforme (CVU) asociada a la CUIT del comitente. En todos los casos deberá garantizarse la identificación del origen de los fondos y su trazabilidad dentro del sistema financiero formal.
En sentido inverso, el egreso de fondos solo podrá canalizarse hacia cuentas bancarias o CVU del propio cliente, bajo los mismos criterios de trazabilidad e identificación. Esta obligación alcanza a todos los Agentes de Liquidación y Compensación (ALyC), sin importar su subcategoría o modalidad operativa, y también a las personas jurídicas inscriptas ante la CNV que participen en la colocación de Fondos Comunes de Inversión (FCI) u otros Productos de Inversión Colectiva (PIC).
Objetivo oficial: trazabilidad y prevención de maniobras
Según la explicación oficial, la medida busca asegurar la disponibilidad inmediata de los fondos, eliminar eventuales rechazos asociados al uso de cheques y fortalecer los controles antilavado y de prevención de conductas consideradas disvaliosas. La CNV recordó que en los últimos años ya se había avanzado en la eliminación del efectivo y en la incorporación del cheque electrónico (ECHEQ), con un límite máximo de dos pagos diarios por cliente con cheques de cualquier tipo.
La reciente resolución aclara que no se modifican las operatorias de negociación de cheques de pago diferido en el mercado de capitales, sino que se restringe su uso como medio de pago para ingresar o retirar dinero. De esta manera, se deja sin efecto la flexibilización introducida en mayo, que permitía a las sociedades de bolsa canalizar pagos mediante cheques, una alternativa utilizada sobre todo por pequeñas y medianas empresas.
Impacto en pymes, inversores extranjeros y sector agro
La marcha atrás regulatoria impactará especialmente en las pymes que operan en el mercado de capitales, ya que volverán a estar obligadas a depositar sus cheques en cuentas bancarias antes de utilizar los fondos, quedando así alcanzadas por el Impuesto al Cheque. En paralelo, la medida se conoce en un contexto de caída en la recaudación de ese tributo, que registró bajas interanuales en junio, julio y agosto, aunque el Gobierno evitó vincular de manera directa la decisión con esa merma.
- Los ALyC y sociedades vinculadas a FCI y otros PIC podrán transferir fondos por cuenta y orden de sus clientes entre sujetos registrados, siempre acreditando en subcuentas a nombre del mismo comitente.
- Para inversores extranjeros sometidos a debida diligencia especial según las normas de la UIF, las transferencias deberán cursarse a través de entidades reguladas por el BCRA que actúen como custodio local o mediante entidades financieras del exterior, siguiendo las reglas del Banco Central para operaciones en moneda extranjera.
- Los ALyC I AGRO estarán habilitados a recibir fondos vinculados a actividades de corretaje de granos, operaciones agropecuarias o agroindustriales desde cuentas bancarias específicas de la propia entidad, con identificación obligatoria del originante y del beneficiario mediante CUIT, nombre y apellido, y plena trazabilidad del circuito de fondos.
La CNV enfatizó que el nuevo esquema apunta a reforzar la transparencia del mercado de capitales, asegurando que cada movimiento de dinero pueda ser rastreado y asociado a su verdadero titular económico.
En todos los casos, las instrucciones deberán ser específicas o permanentes y ajustarse a la normativa del BCRA para la liquidación de operaciones en títulos valores, en particular cuando intervenga moneda extranjera. Con esta resolución, la CNV profundiza la formalización del circuito de fondos del mercado de capitales y redefine la forma en que empresas, inversores locales y extranjeros interactúan con el sistema financiero regulado.

