Casación ordena reparación integral a víctima de abuso en el Ejército

Casación fija reparación histórica para una víctima de abuso sexual en el Ejército

Fachada de tribunales federales donde sesiona la Cámara de Casación

NewsITe

La Cámara Federal de Casación Penal ordenó que se repare de manera integral a una mujer víctima de abuso sexual y hostigamiento en una dependencia del Ejército Argentino en Gualeguaychú, Entre Ríos, y confirmó la responsabilidad penal del suboficial condenado por los hechos. El fallo consolida el derecho de las víctimas a obtener resarcimiento dentro del propio proceso penal, sin necesidad de iniciar un juicio civil aparte.

La decisión fue adoptada por la Sala II de Casación, integrada por los jueces Guillermo Yacobucci y Alejandro Slokar y la jueza Ángela Ledesma, que hizo lugar parcialmente a un recurso del Ministerio Público Fiscal (MPF) y anuló la negativa del Tribunal Oral Federal de Concepción del Uruguay a fijar una reparación económica.

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La Secretaría para la Investigación Financiera y el Recupero de Activos Ilícitos (SIFRAI) y la Dirección General de Recuperación de Activos y Decomiso de Bienes (DGRADB), a pedido de la Fiscalía Federal de Gualeguaychú, habían calculado en febrero de 2024 una reparación de $29.228.298. El monto se basó en el equivalente al salario percibido durante los cinco años en que se extendieron los abusos y el hostigamiento sufrido por la víctima.

Reparación en sede penal y obligaciones del Estado

Para la Cámara de Casación, obligar a la víctima a litigar nuevamente en el fuero civil, cuando el daño ya fue probado en el expediente penal, contraviene el sentido de la normativa vigente y agrega una carga injustificada sobre quien ya atravesó un proceso traumático.

El tribunal destacó que el artículo 29 del Código Penal permite que el Ministerio Público Fiscal solicite el resarcimiento en representación del interés general y de los derechos de las víctimas, sin exigir que estas se constituyan como actoras civiles o mantengan su rol de querellantes hasta el debate oral.

Los camaristas también remarcaron que garantizar el acceso efectivo a la reparación es una obligación internacional del Estado argentino en materia de derechos humanos, en línea con compromisos asumidos en tratados como la Convención de Belém do Pará, que protege a las mujeres frente a la violencia de género.

Recalificación del hecho y trayectoria del caso

En la misma resolución, y por mayoría, la Cámara recalificó el delito de abuso sexual consumado a abuso sexual en grado de tentativa, en coincidencia con la postura sostenida por la fiscalía en el juicio oral. Esa modificación no altera la escala penal aplicable ni desconoce la existencia del hecho ni la responsabilidad del sargento Víctor Hugo Mercado, ratificada por unanimidad luego del análisis de prueba testimonial y documental.

Como consecuencia de la recalificación, Casación dispuso devolver la causa al tribunal de origen para que, con nueva integración, fije la pena correspondiente al delito tentado, previa realización de una audiencia con intervención de todas las partes.

El Tribunal Oral Federal de Concepción del Uruguay había condenado el 8 de septiembre de 2025 a Mercado a cuatro años y seis meses de prisión e inhabilitación perpetua para ocupar cargos públicos, como autor de abuso sexual simple en concurso real con lesiones psicológicas graves, mediando violencia de género. En ese momento, los jueces rechazaron el pedido de reparación integral alegando sorpresa y falta de participación de la víctima en esa etapa.

Abuso, hostigamiento y consecuencias psicológicas

Los hechos ocurrieron en el Regimiento de Caballería de Exploración 12 de Gualeguaychú, donde la víctima prestaba servicios y Mercado se desempeñaba como suboficial y superior jerárquico. En julio de 2016, el sargento la obligó a realizar tareas fuera de su horario laboral y, aprovechando esa situación de poder, intentó forzarla a mantener relaciones sexuales y efectuó tocamientos sin su consentimiento.

Tras la negativa de la mujer, el condenado inició una escalada de hostigamiento y acoso laboral: burlas, expresiones denigrantes frente a compañeros y reiterados traslados a otras oficinas usando su posición jerárquica. El hostigamiento continuó incluso después de las denuncias y de una orden de alejamiento dictada en el marco de la causa.

El deterioro psicológico derivado de esa situación fue tan grave que, en septiembre de 2021, la víctima intentó quitarse la vida y, tiempo después, se vio obligada a solicitar la baja del servicio militar. Para la Cámara, todos estos elementos refuerzan la necesidad de una reparación integral que contemple no solo el daño económico sino también el impacto en la salud mental y el proyecto de vida de la mujer.

“Remitir a la víctima a la vía civil luego de un proceso penal que acreditó el daño, su entidad y su vinculación causal con la conducta del condenado, no solo resulta contrario a la finalidad de la norma, sino que importa, en los hechos, una carga adicional e injustificada sobre quien ya ha transitado un proceso de esta naturaleza”, sostuvo el fallo de Casación.

El pronunciamiento se inscribe en una línea jurisprudencial que busca fortalecer los derechos de las víctimas de violencia de género en el ámbito castrense y reafirma el deber del Estado de ofrecer respuestas rápidas, integrales y efectivas frente a este tipo de casos.

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