La Corte reabre la causa contra el ex jefe de la UOCRA La Plata

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La Corte Suprema de Justicia de la Nación dejó sin efecto el sobreseimiento del ex líder de la UOCRA La Plata, Juan Pablo “Pata” Medina, y de otros imputados en una causa por presunta asociación ilícita, lavado de dinero y extorsión. El fallo implica que el expediente, que había sido anulado en 2022, vuelva a ser revisado por la Cámara Federal de Casación Penal.
El pronunciamiento del máximo tribunal, firmado por los ministros Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, hizo lugar al recurso extraordinario impulsado por el procurador general interino, Eduardo Casal. De esta manera, quedó sin efecto la resolución de la Sala II de la Cámara de Casación que había confirmado la nulidad del proceso y los sobreseimientos dictados a favor de Medina y los demás acusados.
Medina fue detenido en septiembre de 2017 por orden del entonces juez federal de Quilmes, Luis Armella, quien lo procesó por los delitos de asociación ilícita, lavado de dinero y extorsión, y le trabó un embargo por 200 millones de pesos. En febrero de 2020 obtuvo el beneficio de la prisión domiciliaria, que cumplió en su vivienda de Ensenada, y luego fue excarcelado por el Tribunal Oral Federal 2, aunque volvió a ser arrestado por violar la prohibición de participar en actividades gremiales.
La causa avanzaba hacia el juicio oral ante el Tribunal Oral Federal 2 de La Plata hasta que, en octubre de 2022, el juez Alejandro Smoris declaró la nulidad de todo el expediente y sobreseyó a los imputados. Para Smoris, el caso contra Medina constituía un armado judicial vinculado a la denominada “mesa judicial” o “Gestapo antisindical”, a partir de maniobras de inteligencia ilegal investigadas en otra causa iniciada por una denuncia de la Agencia Federal de Inteligencia (AFI) durante el gobierno de Alberto Fernández.
Los cuestionamientos al fallo que había beneficiado a Medina
En su resolución, Smoris sostuvo que la situación procesal del gremialista no sería más que la consecuencia de actividades ilegales de inteligencia y de un proyecto delictivo más amplio, en el que habrían intervenido funcionarios con altos cargos dispuestos a impulsar su imputación y detención al margen de las garantías del debido proceso.
La fiscalía apeló esa decisión, pero la Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal —con los votos de los jueces Ángela Ledesma y Alejandro Slokar, y la disidencia de Guillermo Yacobucci— convalidó la nulidad del expediente y dejó firmes los sobreseimientos. Frente a ese escenario, el fiscal ante Casación Raúl Pleé interpuso un recurso extraordinario y advirtió que la decisión impedía al Ministerio Público Fiscal ejercer su deber de promover la actuación de la justicia y de debatir en un juicio oral la veracidad de los hechos imputados.
La Corte Suprema hizo suya esa preocupación al aceptar el recurso sostenido por Casal y anular la sentencia de Casación. Ahora, el expediente regresará a la Cámara Federal de Casación Penal, que con una nueva integración deberá evaluar nuevamente los planteos de la fiscalía y resolver si corresponde que la causa avance hacia el debate oral o si se mantiene el criterio de nulidad dispuesto en 2022.
Con esta resolución, el máximo tribunal vuelve a poner en el centro de la escena uno de los expedientes más sensibles que cruzan el mundo sindical, la justicia federal y las denuncias por persecución política y armado de causas en la provincia de Buenos Aires.
La definición que adopte Casación en esta nueva etapa será clave no sólo para el futuro judicial de Medina, sino también para el alcance de las investigaciones sobre presuntas operaciones de inteligencia ilegal y presiones sobre jueces en causas vinculadas al movimiento obrero organizado.

