La planta había sido inspeccionada por la ANMAT antes de comenzar la elaboración del medicamento. El juez Ernesto Kreplak señaló decisiones y omisiones de dos exfuncionarias del organismo que habrían permitido que el laboratorio continuara con su actividad.

El procesamiento de dos exfuncionarias de la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) volvió a colocar bajo la lupa a Laboratorios Ramallo, la planta vinculada con la elaboración del fentanilo contaminado que, según la investigación judicial, provocó al menos 90 muertes.
El juez federal de La Plata, Ernesto Kreplak, procesó a Nélida Agustina Bisio, exadministradora nacional de la ANMAT, y a Gabriela Mantecón Fumadó, exdirectora del Instituto Nacional de Medicamentos (INAME). El magistrado las consideró presuntas partícipes necesarias del delito de adulteración de sustancias medicinales.
La resolución, de casi 300 páginas, reconstruye las actuaciones de los organismos de control frente a las irregularidades que habían sido detectadas en Laboratorios Ramallo antes de que la planta comenzara a elaborar el fentanilo posteriormente distribuido por HLB Pharma.
Según la investigación, la ANMAT inspeccionó las instalaciones a fines de 2024 y encontró una serie de deficiencias. La acusación judicial sostiene que esas observaciones debieron derivar en mayores restricciones para la actividad del laboratorio.
Pese a las irregularidades advertidas, la planta continuó operando y comenzó la elaboración del medicamento. Para Kreplak, las decisiones y omisiones atribuidas a las exfuncionarias representaron un “aporte concreto y necesario” para que se produjeran los acontecimientos investigados.
Una reunión que no habría quedado registrada
La Justicia también analizó una reunión realizada el 14 de enero de 2025 entre representantes de HLB Pharma, Laboratorios Ramallo y autoridades de la ANMAT. De acuerdo con la resolución, el encuentro no habría quedado asentado oficialmente y las funcionarias tampoco lo habrían informado en un primer momento.
Otro de los aspectos señalados por el magistrado fue la decisión de no firmar una carta de advertencia dirigida a HLB Pharma. Según el juez, el documento incluía una prohibición expresa para que la empresa comercializara determinados medicamentos.
Kreplak consideró que estas circunstancias evidenciaron un “insuficiente ejercicio del poder de policía sanitario” por parte de las autoridades encargadas de controlar la fabricación de productos medicinales.
El expediente busca determinar cómo el fentanilo contaminado pudo ser elaborado, distribuido y administrado a pacientes antes de que las autoridades sanitarias dispusieran su retiro. La investigación vincula al lote 31.202 con al menos 90 muertes y con lesiones de distinta gravedad sufridas por decenas de personas.
Bisio y Mantecón Fumadó quedaron procesadas sin prisión preventiva. La Justicia les trabó un embargo de hasta $500.000 millones sobre sus bienes, les prohibió salir del país y les ordenó presentarse periódicamente ante las autoridades.
La decisión judicial profundiza ahora el análisis sobre las medidas que adoptaron los organismos estatales ante las deficiencias detectadas en Laboratorios Ramallo y sobre las razones por las cuales la planta pudo continuar funcionando antes de la elaboración del fentanilo contaminado.

