Reclamos por ruidos y descontrol en torno al Auditorio Altar

NewsITe
Vecinos de la zona de calles 8 y 161, en Berisso, reiteraron sus quejas por ruidos molestos, actividad nocturna en la vía pública y falta de respuestas efectivas del Municipio en torno al Auditorio Altar, un templo que funciona en el barrio desde hace aproximadamente tres meses. Los testimonios dan cuenta de música alta, gritos y movimiento de personas hasta avanzada la madrugada.
De acuerdo con los relatos recogidos, el pasado 26 de agosto la actividad se habría extendido hasta las cuatro de la mañana, pese a los llamados insistentes al Centro de Operaciones y Monitoreo (COM), a Control Urbano y a otras dependencias municipales. Vecinos señalan que, cuando llegan los inspectores, se reduce el volumen de la música, pero la situación vuelve a repetirse una vez que los móviles se retiran, lo que alimenta la sensación de “zona liberada” al ruido.
Una de las frentistas afirmó que durante la semana es habitual que la música comience alrededor de las 18 y se prolongue hasta cerca de las 23.30. Otros denunciaron la presencia de parrillas y venta de comida en el exterior, autos estacionados frente a garajes, disturbios y hasta una presunta conexión eléctrica irregular. Ninguna de estas situaciones implica, por sí sola, una infracción comprobada: para que exista sanción son necesarias inspecciones formales, mediciones de ruido, actas labradas y, en su caso, la intervención de la distribuidora eléctrica o de la Justicia de Faltas.
Cuestionamientos al rol del Municipio y antecedentes del auditorio
Los señalamientos más sensibles apuntan al modo en que se gestionan los reclamos. Vecinos sostienen que personal de Control Urbano habría mostrado dentro del establecimiento mensajes enviados de forma anónima, lo que, según denuncian, expone a quienes se quejan y desalienta futuros llamados. También aseguran haber recurrido al 911 y a Seguridad Vial, sin obtener una solución duradera ni una respuesta municipal clara.
El intendente Fabián Cagliardi queda bajo la lupa, ya que el conflicto se produce en un contexto en el que la propia administración difundió, el 10 de agosto, una jornada de participación ciudadana encabezada por él y por el secretario de Seguridad, Gabriel Marotte. En esa oportunidad se destacaron las herramientas de prevención, el sistema de respuesta ante emergencias y el supuesto vínculo directo con los barrios. Dieciséis días después, los hechos narrados en 8 y 161 ponen en cuestión esa narrativa de cercanía.
- Reclamos reiterados por ruidos, gritos y actividades nocturnas en la vía pública.
- Denuncias sobre falta de controles sostenidos y exposición de denunciantes.
- Versiones de venta de comida, ocupación del espacio público y posible conexión eléctrica irregular.
- Antecedentes de conflictos del Auditorio Altar en otra sede de Berisso, con intervención de la Justicia de Faltas.
El Auditorio Altar ya había sido motivo de controversia cuando funcionaba en una sede ubicada en la calle 153 entre 9 y 10. Allí, en 2025, se labraron actas por ruidos molestos y actuó la Justicia de Faltas. Integrantes de la congregación rechazaron en aquel momento lo que calificaron como clausuras injustificadas y aseguraron que su documentación y permisos se encontraban en regla. Esos antecedentes no prueban que la nueva sede esté fuera de norma, pero vuelven imprescindible que el Municipio evite tanto la inacción como decisiones discrecionales o carentes de sustento técnico.
El eje institucional no es la fe de los asistentes, sino si la gestión municipal aplica controles objetivos, protege la identidad de quienes reclaman y documenta cada intervención.
Al 26 de agosto no se conocían mediciones oficiales de decibeles, actas recientes de inspección ni una respuesta pública del auditorio a estas denuncias puntuales. Tampoco estaba acreditada la supuesta conexión eléctrica irregular. El dato verificable es la existencia de quejas identificables y persistentes sobre la actuación municipal. La respuesta de la gestión de Cagliardi debería traducirse en una inspección documentada, con resultados informados tanto a los vecinos como al establecimiento, para compatibilizar el derecho al culto con el derecho al descanso y al uso ordenado del espacio público.

