La Corte dejó firme 14 años de prisión a pedófilo por grooming

La Corte Suprema confirmó una dura pena en un caso de grooming y abuso infantil

Fachada del Palacio de Justicia de la Nación

NewsITe

La Corte Suprema de Justicia de la Nación dejó firme la condena a 14 años de prisión contra un hombre acusado de contactar a niñas y adolescentes mediante perfiles falsos en internet para obtener imágenes y videos de contenido sexual, que luego utilizaba para extorsionarlas. Con esta decisión, el máximo tribunal cerró la vía recursiva y consolidó uno de los fallos más severos en materia de delitos de explotación sexual infantil en el ámbito digital.

El pronunciamiento, firmado por los ministros Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, rechazó el recurso presentado por la defensa, al considerar que carecía de una fundamentación autónoma respecto de la pena y de la valoración de la prueba realizada por los tribunales de Córdoba. De este modo, quedó ratificada la responsabilidad penal del acusado y la calificación legal de los hechos.

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El caso se inscribe en el creciente fenómeno del grooming, es decir, el acoso y engaño a menores de edad a través de medios digitales con fines sexuales. En los últimos años, tanto la Justicia como los organismos especializados vienen advirtiendo sobre el aumento de estas conductas y la necesidad de denunciar tempranamente cualquier situación sospechosa en redes sociales, aplicaciones de mensajería o plataformas de juego en línea.

Cómo operaba el condenado y el alcance del daño

La investigación judicial determinó que el hombre había contactado al menos a una docena de niñas de entre 7 y 17 años, tanto de distintas provincias argentinas como de otros países. Para acercarse a las víctimas, utilizaba perfiles falsos en redes sociales y se hacía pasar por una mujer joven, generando un vínculo de aparente confianza.

En varios casos, prometía oportunidades de modelaje, participación en películas o la posibilidad de ganar sorteos con premios, con el objetivo de convencer a las niñas de enviar fotografías y videos desnudas o en situaciones de contenido sexual. Una vez obtenido ese material, comenzaba una escalada de amenazas y coacciones: les exigía nuevas imágenes, videos o la realización de actos sexuales bajo la advertencia de que publicaría lo que ya tenía en su poder.

Durante un allanamiento en su vivienda, los investigadores hallaron 1.220 imágenes de mujeres y niñas en situaciones sexuales explícitas, además de múltiples tarjetas SIM que el condenado utilizaba para abrir y descartar líneas telefónicas y perfiles digitales, lo que demuestra un modus operandi planificado y sostenido en el tiempo.

El recorrido judicial y la respuesta de los tribunales

En mayo de 2021, la Cámara en lo Criminal y Correccional N.º 2 de Córdoba condenó al acusado a 14 años de prisión en el marco de un juicio abreviado, tras la admisión de responsabilidad. La sentencia lo encontró culpable de los delitos de tenencia y producción de pornografía infantil, grooming, coacción agravada, promoción y facilitación de la corrupción de menores, abuso sexual con acceso carnal y abuso sexual gravemente ultrajante.

Posteriormente, en diciembre de 2023, la Sala Penal del Tribunal Superior de Justicia de Córdoba rechazó el recurso de casación interpuesto por la defensa. En ese pronunciamiento, los jueces resaltaron no sólo la gravedad de las conductas atribuidas, sino también las profundas consecuencias psicológicas y emocionales que los hechos provocaron en las víctimas, quienes debieron atravesar procesos de acompañamiento especializado.

La defensa llevó la discusión a la Corte Suprema, cuestionando la valoración de la prueba y la extensión de la pena. Sin embargo, el máximo tribunal desestimó el planteo y dejó firme la condena, enviando una señal clara sobre la posición de la Justicia frente a los delitos sexuales contra menores cometidos a través de entornos digitales.

  • Se confirma una pena ejemplar de 14 años por múltiples delitos sexuales contra menores.
  • El fallo refuerza la importancia de denunciar el grooming y la explotación infantil en internet.

La decisión de la Corte se enmarca en una tendencia jurisprudencial que reconoce la especial vulnerabilidad de niños, niñas y adolescentes frente a delitos cometidos en el entorno digital.

Especialistas en derecho penal y en protección de la niñez destacan que fallos como este contribuyen a visibilizar el problema y a consolidar estándares de protección más altos. También subrayan la importancia del rol de las familias, las escuelas y las propias plataformas digitales para prevenir, detectar y denunciar conductas de grooming y producción de material de abuso sexual infantil.

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