La Corte toma el caso que complica la nueva postulación de Insfrán

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La Corte Suprema de Justicia de la Nación se declaró competente para intervenir en la disputa por una eventual nueva candidatura del gobernador de Formosa, Gildo Insfrán, que busca ir por su noveno mandato consecutivo al frente de la provincia. El máximo tribunal deberá resolver si la cláusula transitoria que habilita una nueva postulación del mandatario peronista y de su vice, Eber Solís, se ajusta o no a la Constitución Nacional.
La presentación fue realizada por la Confederación Frente Amplio Formoseño, un armado opositor que reúne, entre otros espacios, a la UCR, el PRO y la Coalición Cívica. El planteo apunta contra la cláusula transitoria cuarta de la Constitución provincial, que considera el mandato en ejercicio al momento de la reforma como “primer mandato”, lo que en los hechos abre la puerta a una nueva reelección del binomio Insfrán–Solís para el período 2027-2031.
Según trascendió, los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti firmaron la resolución que habilita el análisis del caso en la competencia originaria de la Corte. A partir de ahora, la provincia de Formosa cuenta con un plazo de 60 días para responder a la demanda, a través del Fiscal de Estado, luego de que el tribunal dispusiera correr traslado al distrito norteño.
El antecedente que limitó la reelección indefinida
El conflicto actual tiene un antecedente directo. En diciembre de 2024, y tras otra presentación del mismo frente opositor, la Corte había declarado inconstitucional el artículo 132 de la Constitución formoseña, que permitía la reelección indefinida del gobernador y su vice. En aquel momento, el tribunal ordenó a la provincia adecuar su carta magna mediante una reforma constitucional.
En respuesta, el gobierno de Insfrán impulsó una reforma que reemplazó el artículo 132 por el actual 156, inspirado en el artículo 90 de la Constitución Nacional. El nuevo texto establece la posibilidad de una sola reelección consecutiva para quienes ejercen la titularidad del Ejecutivo provincial. Sin embargo, la Convención Constituyente incorporó una cláusula transitoria que reacomodó la cuenta de los mandatos, al disponer que el mandato en curso al momento de sancionar la reforma se computara como el primero.
La oposición considera que ese mecanismo funcionó como una vía para sortear los límites fijados por la Corte, ya que le permite a Insfrán volver a competir pese a acumular más de dos décadas en el poder. El gobernador formoseño, uno de los mandatarios provinciales con más permanencia continua en su cargo, ya había sido cuestionado en múltiples oportunidades por organismos nacionales e internacionales por la extensión de sus mandatos.
Los argumentos de la oposición formoseña
La Confederación Frente Amplio Formoseño sostiene que la cláusula transitoria viola principios básicos del sistema republicano. En su presentación, argumenta que resulta contradictoria con los artículos 1°, 5°, 37 y 123 de la Constitución Nacional, que exigen división de poderes, autonomía provincial compatible con el sistema federal y garantías de periodicidad y alternancia en los cargos electivos.
- Se cuestiona que la cláusula habilita una novena candidatura consecutiva de Insfrán.
- También permitiría una tercera postulación seguida del vicegobernador Eber Solís.
- Se alega que se vulnera el principio de alternancia democrática en el poder.
- Se citan la Convención Americana sobre Derechos Humanos y la Carta Democrática Interamericana.
Para los opositores, una reelección sin límites no expresa una ampliación de la voluntad popular, sino que consolida ventajas estructurales del oficialismo, que dificultan una competencia electoral equilibrada. En ese sentido, remarca que la posibilidad de encadenar mandatos sucesivos compromete la calidad institucional y debilita los mecanismos de control.
El respaldo de la UCR y el impacto político
Tras conocerse la decisión de la Corte de declararse competente, la Unión Cívica Radical celebró el fallo y destacó el rol del radicalismo formoseño en la presentación. A través de un comunicado, el partido presidido a nivel nacional por Leonel Chiarella felicitó a la dirigencia local, en especial a la legisladora y presidenta del partido en la provincia, Agostina Villagi, por encabezar la estrategia judicial.
“Esta decisión constituye un paso fundamental en la defensa de la Constitución Nacional, de la alternancia democrática y de los principios republicanos que rigen nuestro sistema de gobierno”, sostuvo la UCR en su comunicado oficial.
El texto también remarcó que la cláusula transitoria cuestionada, al intentar habilitar una nueva candidatura de Insfrán y Solís, vulnera los estándares internacionales sobre limitación de mandatos y alternancia. El radicalismo afirmó que seguirá acompañando las acciones políticas y judiciales que, a su entender, buscan impedir que “ningún gobernante se coloque por encima de la ley”.
La resolución de la Corte abre ahora un capítulo clave en la discusión sobre la reelección en Formosa y vuelve a poner en el centro del debate el alcance de la autonomía provincial frente a los principios establecidos por la Constitución Nacional. La decisión de fondo que tome el máximo tribunal tendrá impacto no solo en el futuro político de Insfrán, sino también en la interpretación de los límites a la permanencia prolongada en el poder en las provincias argentinas.

