Causa ANDIS: Spagnuolo volvió a pedir ante la Cámara Federal que suspendan el peritaje de los audios

La defensa del exdirector de la Agencia Nacional de Discapacidad recurrió a la Cámara Federal para intentar suspender el estudio ordenado por el juez Ariel Lijo. El exfuncionario rechaza aportar una muestra de voz por considerar que podría autoincriminarse.

Diego Spagnuolo

La defensa del exdirector de la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS), Diego Spagnuolo, presentó una apelación ante la Cámara Federal de Apelaciones porteña para intentar frenar el peritaje de los audios atribuidos al exfuncionario. La medida fue ordenada por el juez Ariel Lijo, quien investiga una presunta trama de corrupción entre el organismo y empresas proveedoras del sector de la salud.

Uno de los puntos centrales de la pericia prevé que Spagnuolo aporte una muestra de voz para compararla con las grabaciones incorporadas a la causa. El exdirector de la ANDIS se niega a colaborar porque considera que esa medida podría implicar una autoincriminación, por lo que su defensa solicitó la nulidad de la convocatoria.

Según informó Infobae, el abogado Pablo Parera también había pedido al juez Lijo que suspendiera el inicio del estudio forense hasta que se resolviera si correspondía citar al exfuncionario. Sin embargo, el magistrado rechazó ese planteo y la defensa decidió recurrir a la Cámara Federal.

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La discusión por la muestra de voz

El expediente quedó radicado en la Sala II de la Cámara Federal de Apelaciones, que desde este viernes funciona con un integrante menos tras el cumplimiento de los 75 años del juez Martín Irurzun.

Irurzun y Roberto Boico habían conformado la mayoría que, en febrero de este año, ordenó avanzar con el peritaje de los audios. En aquella oportunidad, el tercer integrante del tribunal, Eduardo Farah, votó en disidencia. Ahora resta conocer si la nueva integración de la Sala tendrá algún efecto sobre el avance de la investigación.

Ante la Cámara, la defensa sostuvo que obligar a Spagnuolo a brindar una muestra de voz implica forzarlo a declarar contra sí mismo, una garantía protegida por la Constitución Nacional.

Al rechazar ese planteo en primera instancia, Ariel Lijo explicó que la prohibición de autoincriminación alcanza únicamente a las declaraciones de carácter “intelectual o testimonial”, pero no impide obtener elementos materiales destinados a identificar a una persona, como las huellas dactilares, el ADN, la escritura o la voz.

La postura de la defensa y la respuesta del fiscal

En su apelación, el abogado Pablo Parera argumentó que la voz no puede equipararse a una huella digital o a una muestra de ADN, ya que requiere una acción voluntaria y consciente por parte del imputado.

Además, sostuvo que Spagnuolo no puede ser utilizado como un sujeto activo para producir una prueba que eventualmente pueda perjudicar su situación procesal, especialmente sin su consentimiento expreso.

Si bien el exfuncionario no está obligado a presentarse ante la Gendarmería Nacional, organismo encargado del peritaje, la defensa optó por solicitar la nulidad de la convocatoria.

Ese planteo fue cuestionado por el fiscal Franco Picardi, quien consideró que se trata de una maniobra destinada a demorar el avance de la causa. El representante del Ministerio Público calificó la estrategia como “la vieja escuela de la nulidad por la nulidad misma”.

Con el objetivo de evitar nuevas demoras, Picardi propuso prescindir de la participación de Spagnuolo y obtener una muestra de voz a partir de cuatro entrevistas que concedió a Neura, La Nación +, Border y El Observador.

La discusión sobre la autenticidad de los audios

Otro de los argumentos de la defensa apunta a la autenticidad de las grabaciones aportadas a la Justicia por el periodista Mauro Federico.

Según el planteo presentado, los audios presentarían indicios de manipulación, cortes, ediciones y posibles alteraciones mediante herramientas de inteligencia artificial. Además, la defensa cuestionó que el juez avanzara con el peritaje sin resolver previamente un planteo de nulidad presentado a fines de 2025, que objetaba la incorporación de esas grabaciones al expediente y denunciaba una supuesta ruptura de la cadena de custodia.

En su última resolución, Lijo respondió que la propia defensa había impulsado inicialmente la realización de peritajes para verificar la autenticidad del material, propuso un perito de parte y presentó puntos de análisis complementarios.

Por ese motivo, el magistrado consideró contradictoria la posición adoptada posteriormente y sostuvo: “Resulta objetivamente incompatible cuestionar la autenticidad de los registros sonoros, sostener la necesidad de profundizar su examen técnico mediante la incorporación de nuevos puntos de pericia y, simultáneamente, pretender impedir o paralizar la realización de la propia medida destinada a producir ese esclarecimiento”.

En respuesta, Parera afirmó que la participación de un perito propio y la propuesta de nuevos puntos de análisis no implicaron un impulso al estudio técnico, sino el ejercicio del derecho de defensa para controlar una prueba dispuesta por la Justicia. La defensa ampliará sus argumentos ante la Cámara una vez finalizada la feria judicial de invierno.

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