ARCA reglamenta beneficios impositivos para el ecosistema financiero digital

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La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) oficializó la reglamentación de las nuevas exenciones y reducciones de alícuotas del Impuesto a los Créditos y Débitos Bancarios, conocido como Impuesto al Cheque, para el sector fintech y cripto. La medida se instrumenta a través de la Resolución General 5869/2026, publicada en el Boletín Oficial, y se enmarca en el Decreto 475/2026.
El objetivo central es adecuar la normativa impositiva a los avances tecnológicos y equiparar el tratamiento fiscal entre bancos tradicionales, proveedores de servicios de pago y actores vinculados a los activos virtuales. De este modo, el Gobierno busca dinamizar la actividad financiera digital y fomentar la formalización de operaciones que hoy se realizan mayormente en plataformas electrónicas.
Quiénes pueden acceder a las nuevas exenciones
La resolución de ARCA detalla los sujetos alcanzados por los beneficios y las condiciones que deberán cumplir para acceder a ellos. Entre los principales, se destacan:
- Proveedores de Servicios de Activos Virtuales (PSAV): alcanza a las empresas cripto que operan con monedas digitales y otros activos virtuales, siempre que estén debidamente inscriptas ante la Comisión Nacional de Valores (CNV).
- Servicios de pago y cobranza: incluye operaciones relacionadas con el pago de facturas de servicios e impuestos, así como los movimientos para el depósito o entrega de efectivo. El beneficio también se extiende a agentes oficiales y a quienes actúen como agencias complementarias de servicios financieros.
- Empresas de tarjetas: comprende a las operadoras de sistemas de tarjetas de débito, crédito y compras, actores centrales del ecosistema de pagos masivos.
- Transportadoras de caudales: empresas dedicadas al transporte de valores, siempre que se encuentren inscriptas ante el Banco Central de la República Argentina (BCRA).
En todos los casos, el acceso a los beneficios no es automático: los contribuyentes deberán cumplir con los requisitos formales y registrales definidos por el organismo recaudador.
Registro obligatorio y controles fiscales
Como condición básica, la normativa establece que las empresas interesadas deberán inscribir sus cuentas bancarias y sus cuentas de pago en el Registro de Beneficios Fiscales en el Impuesto sobre los Créditos y Débitos en Cuentas Bancarias y otras Operatorias. Sin esa registración, no podrán aplicar las exenciones ni reducciones contempladas.
ARCA utilizará este registro para verificar y fiscalizar la procedencia de los beneficios otorgados. Además, la resolución prevé la posibilidad de que los sujetos excluidos por incumplimientos o inconsistencias soliciten su reincorporación, siempre que acrediten que cesaron las causas que motivaron la salida del padrón.
Con esta reglamentación, ARCA actualiza e integra el esquema del Impuesto al Cheque para el sector financiero tradicional y los nuevos actores digitales, en línea con la política económica del gobierno de Javier Milei.
Entrada en vigencia y alcance temporal
La resolución fija como fecha de aplicación el 18 de junio de 2026, inclusive. Es decir, los beneficios alcanzan a los hechos imponibles perfeccionados a partir de ese día, cuando el Poder Ejecutivo dispuso la entrada en vigencia del nuevo esquema.
Con esta actualización, ARCA modifica y complementa las Resoluciones Generales 2.111 y 3.900, consolidando un marco normativo que intenta dar respuesta a la expansión de las actividades fintech y cripto en la Argentina. El objetivo declarado es evitar distorsiones entre los distintos operadores del sistema financiero y otorgar mayor previsibilidad a las empresas que apuestan por la digitalización de los servicios.
De esta manera, el Impuesto al Cheque suma un nuevo capítulo en su evolución, con un tratamiento diferencial para los actores que impulsan la innovación en medios de pago y activos virtuales, en un contexto de fuerte transformación del mercado financiero local e internacional.

