El Gobierno flexibiliza la importación de maquinaria usada

Más facilidades para traer al país líneas de producción usadas

Maquinaria industrial usada en línea de producción

NewsITe

El Gobierno nacional modificó el Régimen de Importación de Líneas de Producción Usadas con el objetivo de facilitar el ingreso de maquinaria y tecnología industrial usada, al mismo tiempo que introduce nuevos controles y sanciones. Los cambios fueron oficializados mediante el Decreto 483/2026, publicado en el Boletín Oficial, y alcanzan tanto a proyectos nuevos como a expedientes que ya se encuentran en trámite.

La actualización del esquema, que reemplaza y ajusta al régimen creado por el Decreto 1174/2016, apunta a agilizar la inversión productiva, mejorar la competitividad de las empresas y adecuar la normativa a la política industrial vigente. En un contexto de necesidad de modernización de plantas y reducción de costos, el Gobierno busca que las compañías puedan acceder a equipamiento de segunda mano con beneficios arancelarios y menores tiempos administrativos.

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Uno de los ejes centrales de la reforma es la fijación de plazos más cortos y precisos tanto para el sector privado como para la administración pública. Se incorpora la figura del “silencio positivo” de la autoridad: si no hay respuesta oficial dentro de los seis meses posteriores al vencimiento del plazo para presentar la rendición de cuentas, se considera cumplida la obligación y se habilita la liberación automática de las garantías constituidas ante la Aduana.

Beneficios fiscales y ampliación del alcance del régimen

Los bienes que ingresen al país bajo este régimen especial abonarán solo el 25% del arancel de importación, lo que representa un alivio significativo para los proyectos industriales de envergadura. Además, quedarán exentos del pago de la tasa de estadística (2%) y de la tasa de comprobación de destino (3%), dos cargos que habitualmente encarecen las operaciones de comercio exterior.

  • Los equipos importados pagarán únicamente una cuarta parte del arancel general.
  • No se aplicarán la tasa de estadística ni la tasa de comprobación de destino.
  • Se amplía el concepto de línea de producción y se suman proyectos de energía y almacenes inteligentes.
  • La antigüedad admitida para bienes reconstruidos o actualizados se extiende hasta 30 años.
  • El requerimiento de compra local baja del 30% al 10%, con un plazo máximo de un año.

El decreto redefine qué se entiende por línea de producción usada: se elimina la exigencia de que el componente principal del conjunto de bienes sea necesariamente usado, lo que abre la puerta a combinaciones de equipamiento nuevo y de segunda mano. También se incorporan de manera explícita las líneas para generación de energía eléctrica y los sistemas de almacenes inteligentes, rubros clave para la industria y la logística.

Nuevos procedimientos, controles y sanciones

En materia de requisitos internos, se reemplazan las auditorías tradicionales por un sistema de rendición de cuentas a cargo de profesionales certificados, con el objetivo de reducir tiempos y dotar de mayor previsibilidad a los trámites. La obligación de adquirir bienes de origen nacional se mantiene, pero se reduce del 30% al 10% del monto total del proyecto, con un plazo de hasta doce meses desde la aprobación para concretar esas compras.

Para no frenar el comercio mientras se completan los expedientes, la normativa introduce la Constancia de Expediente en Trámite (CET), un documento que permite importar los bienes antes de la resolución definitiva, siempre que se constituyan las garantías aduaneras correspondientes. Esta herramienta busca acelerar la puesta en marcha de nuevas líneas de producción, sin resignar capacidad de control por parte del Estado.

Al mismo tiempo, el régimen endurece las consecuencias ante incumplimientos. La Secretaría de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa estará habilitada a ejecutar la totalidad de las garantías en casos de falta de respuesta a requerimientos oficiales, ausencia de rendiciones de cuentas o utilización indebida de la CET. La norma también prevé sanciones económicas equivalentes al 20% de los tributos no ingresados, a lo que se suman intereses y un cargo punitorio del 2% mensual.

La medida apunta a agilizar la importación de tecnología usada para modernizar la industria, pero con controles más estrictos y penalidades severas para quienes incumplan el régimen.

El decreto entra en vigencia a partir del miércoles 24 de junio y será aplicable a todos los expedientes en los que continúe pendiente la ejecución o liberación de garantías, de modo de unificar el marco regulatorio para las gestiones ya iniciadas. Con este rediseño, el Gobierno aspira a fomentar inversiones productivas y actualización tecnológica, reduciendo costos para las empresas y buscando, al mismo tiempo, preservar la fiscalización sobre el comercio exterior industrial.

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