Definen qué inversiones agropecuarias acceden al RIMI sin mínimo

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El Gobierno nacional oficializó qué bienes destinados a la producción agropecuaria podrán acceder a los beneficios fiscales del Régimen de Incentivo para Medianas Inversiones (RIMI) sin necesidad de cumplir con un monto mínimo de inversión. La medida, publicada en el Boletín Oficial a través de la Resolución 75/2026 de la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca, apunta a acelerar la modernización del campo y mejorar la competitividad del sector.
El RIMI fue creado para promover nuevas inversiones productivas mediante beneficios impositivos, como la amortización acelerada en el impuesto a las ganancias y la devolución anticipada de créditos fiscales de IVA. Hasta ahora, estos beneficios estaban atados a un piso mínimo de inversión, lo que dejaba afuera a muchos productores, especialmente pequeños y medianos.
Con la nueva reglamentación, determinados bienes claves para la actividad agropecuaria quedan exceptuados de ese requisito, lo que permitirá que una mayor cantidad de establecimientos rurales acceda al régimen. Fuentes del sector señalan que la decisión podría impulsar la renovación tecnológica y la incorporación de genética de calidad en diversas producciones.
Qué bienes quedan exceptuados del mínimo de inversión
La resolución establece tres grandes grupos de bienes que podrán incorporarse al RIMI sin tope mínimo:
- Sistemas y equipos de riego: abarca desde sistemas de riego por pivote central hasta bombas sumergibles o centrífugas, equipos de riego por goteo, compuertas y otras tecnologías hídricas destinadas a optimizar el uso del agua.
- Protección agrícola: incluye todos los insumos y elementos necesarios para la instalación de mallas antigranizo, como la propia malla, postes de sostén y alambres o torniquetas para el armado de la estructura.
- Bienes semovientes: contempla animales vivos de las especies bovina, porcina, ovina, caprina, equina y aviar, siempre que estén destinados a la reproducción dentro del territorio nacional y formen parte de sistemas productivos formalmente registrados.
Exigencias de calidad genética para el ganado
En el caso de los bienes semovientes, la Secretaría de Agricultura fijó criterios estrictos de calidad genética para que los animales puedan estar alcanzados por los incentivos. Solo se considerarán elegibles aquellos que cumplan con estándares superiores de mejoramiento.
- Animales puros de pedigrí.
- Animales puros registrados, controlados o por cruza que integren programas de mejoramiento genético.
- Ejemplares de genética superior provenientes de empresas proveedoras certificadas.
Para acreditar estas condiciones, se reconocerán certificados emitidos por entidades de referencia del sector, como la Sociedad Rural Argentina, el Stud Book Argentino del Jockey Club y la Asociación Argentina de Fomento Equino, entre otras organizaciones habilitadas.
“La incorporación de genética superior y tecnología en riego y protección de cultivos es clave para sostener la competitividad del agro argentino en un contexto de mayor volatilidad climática”, señalan especialistas del sector.
Con esta flexibilización del RIMI para determinados bienes, el Gobierno busca que más productores inviertan en infraestructura y mejoras de largo plazo, favoreciendo el aumento de la productividad, la eficiencia en el uso de recursos y la resiliencia frente a eventos climáticos extremos. El impacto se proyecta tanto en economías regionales como en las principales áreas agrícolas y ganaderas del país.

