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San Nicolás de los Arroyos
miércoles, enero 15, 2025
Edición Diaria
Edición N°

SIGUEN CRECIENDO LAS QUEJAS DE LOS VECINOS POR LA NO IMPLEMENTACIÓN DE LOS VALLADOS PROVISORIOS EN OBRAS

Con el leve repunte que ha tenido el rubro de la construcción, las pequeñas obras se han convertido en la apuesta del sector. Sin embargo, se deben respetar ciertas normas que atañen a la buena convivencia. EL NORTE viene recibiendo varias quejas planteadas por vecinos que no pueden caminar seguros por las veredas porque quienes realizan obras cortan el paso. Aquí debe intervenir el Código de Convivencia y se le recuerda a la población realizar las denuncias a través del 147.

Imagen Ilustración.

San Nicolás tiene un problema grande en referencia a las veredas y calles, siendo las mismas en muchas ocasiones muy angostas para el correcto paso del peatón. Esto se agrava cuando una obra comienza sus tareas y debe, por ejemplo, dejar materiales en la vereda o cortar la misma para realizar trabajos allí.

De hecho, muchos nicoleños han manifestado quejas respecto de la dificultad para poder transitar con normalidad, sobre todo adultos mayores que utilizan bastón o andador y les cuesta poder bajar a la calle para poder seguir su camino. Inclusive madres que lleven cochecitos o personas en silla de ruedas. Se pone en riesgo la vida del nicoleño.

Existe una ordenanza municipal, la N° 1.111/76, que establece en el inciso 4.1.3 que “cuando por las características especiales de la construcción de la obra se haga imprescindible ocupar toda la acera en el largo de su fachada, a juicio de la Oficina de Obras y Servicios públicos se ejecutará, sobre la calzada, una pasarela de 0,90 m. de ancho con baranda exterior, de defensa, pintada de negro y con luz roja durante la noche”.

A pesar de ello, se sigue sin cumplir con dicha normativa. Para este tipo de ocasiones es que fue creado el Código de Convivencia y Faltas, aprobado por mayoría en el Honorable Concejo Deliberante. Sin embargo, para que el Juzgado de Convivencia pueda intervenir, se debe realizar sí o sí una denuncia al 147.
Vale destacar que no solamente está penado la obstrucción por obras privadas, sino que también cualquier tipo de obstrucción.

Por ejemplo verdulerías que llenan de cajones su vereda y no permitiendo el normal paso. Todos los reclamos deben efectuarse ante el 147 y, de esa manera, poder hacer cumplir las normativas vigentes y salvaguardar la vida del nicoleño.



Código de Convivencia

Además de la ordenanza, hay tres artículos que son la clave para que esto no siga sucediendo y que, de hecho, el Juez de Faltas Matías Grams, ya ha realizado la correcta resolución ante problemas similares. Pero al no poder actuar de oficio, es importante remarcar la importancia de la denuncia para que se pueda intervenir.
En concreto, los artículos son: Artículo 241º: Por incumplimiento en el vallado provisorio al frente de obra, se aplicará una multa de 10 a 500 módulos.

Artículo 242º: Quien ocupare la vía pública con exposiciones, construcciones, aparejos, materiales, depósitos y otros obstáculos, que impidan o perturben el tránsito, aún en forma temporal, sin autorización previa por escrito de la oficina competente, será sancionado con multa de 10 a 5000 módulos, existiendo además la posibilidad de dictaminar la clausura de la obra según la gravedad del incumplimiento El constructor, y/o profesional de la construcción, y/o empresa constructora y/o propietario son solidariamente responsables del pago de la multa.

Artículo 247º: Quien depositare escombros y/o tierras y/o materiales de construcción en la vía pública sin autorización será sancionado con multa de 5 a 5000 módulos, pudiendo en casos de necesidad pública el Municipio efectuar la remoción a costa del infractor.

La idea del Municipio es poder hacer seguro el paso para todos los nicoleños. Lo peligroso de bajar a la calle podría arrastrar otros problemas más graves. Inclusive ha habido accidentes de tránsito por obligar a un peatón a bajar a la calle debido a una obra en construcción. Con el fin de evitar estas calamidades, el Código pena el incumplimiento de la ordenanza.