Servicios mínimos: ANAC fija 75% de vuelos en paros aéreos

El Gobierno define al transporte aéreo como servicio esencial

Aviones comerciales operando en aeropuerto argentino

NewsITe

El Gobierno nacional oficializó un nuevo esquema de servicios mínimos en la navegación aérea que obliga a garantizar al menos el 75% de los vuelos comerciales durante medidas de fuerza gremiales. La regulación, dispuesta a través de la Resolución 173/2026 de la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC), apunta a asegurar la conectividad del país y a reducir el impacto de los conflictos sindicales sobre los pasajeros y las economías regionales.

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La norma, publicada en el Boletín Oficial, define al transporte aéreo como un servicio público esencial. En ese marco, establece que el porcentaje mínimo del 75% se calculará sobre la franja horaria específica afectada por la medida de fuerza, y se aplicará tanto a vuelos regulares como no regulares que operen desde, hacia o dentro del territorio argentino.

El texto incluye un listado de excepciones que deberán mantenerse operativas sin restricciones, aun en pleno conflicto gremial. Entre ellas se encuentran las aeronaves públicas y sanitarias, los vuelos que ya estén en curso o hayan iniciado operaciones antes del inicio del paro, y las rutas con una única frecuencia diaria, con el objetivo de evitar que alguna localidad quede completamente aislada.

Orden de prioridad para la reanudación de los vuelos

Para organizar la normalización de la actividad una vez finalizada la medida de fuerza, la ANAC elaboró un “Cuadro de prelación y ordenamiento” que jerarquiza las operaciones según su relevancia estratégica y su impacto en la conectividad internacional y doméstica.

  • Primer grado: vuelos internacionales regulares a destinos fuera de los países limítrofes, que deberán operar dentro de las cuatro horas posteriores al levantamiento del paro.
  • Segundo grado: vuelos internacionales regulares a países limítrofes, garantizando al menos un servicio diario por ruta.
  • Tercer grado: vuelos nacionales regulares, con prioridad para aquellas rutas que cuentan con una sola frecuencia diaria.
  • Cuarto a sexto grado: vuelos no regulares internacionales y nacionales, además de trabajos aéreos específicos, sujetos a cupos porcentuales según cada franja horaria.

La resolución también fija un plazo máximo de 30 minutos desde la finalización de la medida de fuerza para que comience el proceso de normalización del tránsito aéreo, siguiendo los planes de vuelo aprobados antes de la interrupción.

Respuesta a un escenario de alta conflictividad

El nuevo marco regulatorio surge tras varios episodios de tensión en el sistema aerocomercial argentino. En septiembre de 2024, paros y medidas sorpresivas en compañías como Aerolíneas Argentinas e Intercargo provocaron miles de pasajeros varados en los principales aeropuertos del país, situación que el Poder Ejecutivo calificó como “salvaje” y que impactó de lleno en la imagen de la conectividad aérea nacional.

Más recientemente, en marzo de este año, la Secretaría de Trabajo debió dictar la conciliación obligatoria para contener una medida anunciada por la Asociación de Trabajadores del Estado (ATE) que afectaba directamente a la ANAC. Según fuentes oficiales, ese episodio dejó en evidencia la necesidad de contar con reglas claras y permanentes para evitar que decisiones discrecionales agraven la parálisis de servicios considerados críticos.

Clima adverso y prioridad en la seguridad operacional

Uno de los aspectos novedosos de la Resolución 173/2026 es la incorporación del factor climático como condicionante directo de los conflictos. La normativa ordena que se suspenda de inmediato cualquier acción gremial si los pronósticos meteorológicos anticipan condiciones severas, como niebla intensa, tormentas eléctricas o neblina persistente.

La prioridad absoluta es la seguridad operacional de los vuelos y de los pasajeros, por encima de la disputa sindical, señalan los considerandos de la norma.

Con este esquema, la ANAC espera reducir la cantidad de cancelaciones y reprogramaciones, otorgar previsibilidad a las aerolíneas y usuarios, y proteger la continuidad de la actividad económica ligada al transporte aéreo. Al fijar un piso de funcionamiento del 75% y un orden de prelación para la reanudación de los servicios, el organismo busca cerrar un ciclo de incertidumbre que en los últimos años afectó tanto a la seguridad como al desarrollo de las economías regionales.

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