La investigación duró más de tres años, y se pudo comprobar que la mujer en cuestión se encargaba de hostigar a su ex marido mediante diferentes perfiles falsos en las redes sociales. Deberá pagar un resarcimiento de $12.800.000.
Tras una investigación judicial de más de tres años, este miércoles se llevó a cabo una audiencia en la que la Justicia de Control y Garantías de La Banda condenó a una mujer a pagar un resarcimiento de $12.800.000 a su ex marido.
Según se supo, esta medida es en el marco de una acusación en su contra por el delito de injurias a través de publicaciones en redes sociales.
Así lo informó el abogado Dr. Rolando Gómez Vélez, (abogado querellante) quien contó que se trata de un “fallo ejemplar, que sienta precedentes en la Justicia de Santiago del Estero”.
Al respecto el letrado sostuvo: “Esto ha sido una odisea judicial. El proceso comenzó antes de la pandemia, cuando una mujer, no contenta con la separación de su pareja, comenzó a escracharlo mediante numerosas publicaciones en redes sociales”.
Indicó: “Él, cansado de estos escraches, se contactó conmigo con el objetivo de frenar este tipo de publicaciones que lo injuriaban. Entonces enviamos una carta documento para intimarla al cese de las publicaciones, en cualquier medio, bajo el apercibimiento de iniciar las acciones penales y civiles. Ella hizo caso omiso, no contestó la carta documento y dio pie a realizar la denuncia por calumnias e injurias. Todo esto quedó asentado en el Ministerio Público Fiscal de La Banda”, relató el profesional.
También señaló: “Estas presentaciones posibilitaron el secuestro del teléfono celular de ella. De esta manera se pudo constatar que ella era la titular de las cuentas con las que se realizaban estas publicaciones injuriosas. Con eso, más las capturas de pantallas que tenía mi cliente de esas publicaciones, se pudo comprobar la culpabilidad”.
“Pedimos ante el juez el resarcimiento por los daños y perjuicios y el cese de las publicaciones. Pero en realidad, el juez no puede obligar a alguien a no hacer esto si la persona no quiere. Pero sí puede obligarla a pagar la indemnización en concepto de daño moral causado al honor, el buen nombre y la dignidad de mi cliente, entendido esto como un derecho personalísimo de raíz constitucional, que debe tener efectivamente una tutela procesal efectiva”, remarcó el abogado de la víctima.
Gómez Vélez también explicó que su cliente se dedica al comercio y estas publicaciones le provocaron una notable disminución en su cartera de clientes. Esto significó una pérdida económica que ronda el monto de la indemnización que deberá pagar la mujer.
“Al juez no le ha quedado otra opción que fallar a favor de mi cliente. Más allá de que las injurias hayan sido verdaderas o falsas, lo que hacen es menoscabar el honor, independientemente de qué es a lo que se esté refiriendo”, aclaró.
Fuente: diario El Liberal