La Cámara de Casación porteña revocó el sobreseimiento por problemas psiquiátricos de Rodrigo Eguillor, conocido mediáticamente como “el cheto de Banfield” e hijo de una fiscal de Lomas de Zamora, en la causa en la que es acusado de “abuso sexual agravado por el acceso carnal, privación ilegal de la libertad agravada por mediar violencia y amenazas”.
Un tribunal oral había resuelto en junio pasado dictar su sobreseimiento por “incapacidad mental sobreviniente”, a raíz de una serie de informes médicos que establecieron que “padece un trastorno psicótico crónico no especificado, un trastorno de la personalidad de características crónicas y antecedentes de trastorno por uso de sustancias cuya previsión es que requerirá tratamiento psiquiátrico y psicológico de por vida”.
Eguillor llegó a la etapa de juicio acusado por los delitos de “abuso sexual agravado por el acceso carnal, privación ilegal de la libertad agravada por mediar violencia y amenazas, lesiones leves dolosas agravadas por mediar violencia de género y amenazas, en concurso ideal entre sí, que a su vez concurren materialmente con daño y con amenazas coactivas agravadas por haber sido proferidas con el propósito de obtener alguna medida por parte de cualquier miembro de los poderes públicos y por tratarse la víctima de una mujer”.
Pero en esa instancia fue desvinculado del proceso y puesto al cuidado de sus propios familiares, lo que fue apelado por todas las partes.
Ahora, la Casación porteña revocó esa decisión pero igualmente mantuvo “suspendido el proceso”, a resultas del “seguimiento del estado de salud del imputado”.
“Resulta prematuro clausurar el procedimiento bajo el argumento de que su duración no debe ser irrazonable, con mayor razón si se recuerda que el acusado -aunque estuvo inicialmente detenido- recuperó su libertad el 28 de junio de 2021 y que, en definitiva, la demora que aquí se ha venido produciendo obedeció, precisamente, a la necesidad de resguardar su derecho a la defensa en juicio, que se vería menoscabado de llevarse adelante un debate para cuyo desarrollo aquél carece de la capacidad mental requerida”, sostiene la resolución.
Los jueces Mauro Divito, Gustavo Bruzzone y Jorge Rimondi evaluaron que “los términos del dictamen médico, aunque resultan firmes en su conclusión, no revisten carácter absoluto, dado que en sus fundamentos se ha hecho alusión a posibles avances en los tratamientos que podrían, eventualmente, conllevar una mejoría del imputado (y que, hipotéticamente, le permitirían afrontar el juicio)”.
“La recuperación de Eguillor no ha sido médicamente descartada de manera terminante y, consecuentemente, se impone evaluar con singular prudencia el pretendido cierre definitivo de la causa”, resumieron.