La resolución beneficia a embajadores, diplomáticos y funcionarios del servicio exterior. El magistrado ordenó reintegrar las retenciones realizadas y los intereses acumulados, mientras el Gobierno anticipó que apelará.

El juez del Juzgado en lo Contencioso Administrativo N° 11, Martín Cormick, declaró la nulidad de los artículos del decreto con el que el Gobierno de Javier Milei aplicó el impuesto a las Ganancias al adicional en dólares que perciben los embajadores y funcionarios diplomáticos de rango medio y alto por su servicio fuera del país desde 1979. La medida alcanza al concepto conocido como “costo de vida”.
Orden de devolución y alcance del fallo
Cormick exhortó al Poder Ejecutivo a “proceder a reintegrar a la totalidad del personal que se encuentra alcanzado por este colectivo las retenciones efectuadas en concepto de impuesto a las ganancias sobre el adicional ‘costo de vida’ desde que cada suma fue retenida”, junto con “los intereses” generados en ese período.
El decreto cuestionado, el 652, había sido firmado en agosto de 2024 por el presidente y el ministro de Economía, Luis “Toto” Caputo. Su aplicación derivó en una protesta sindical del gremio de diplomáticos APSEN, acompañado por ATE, frente al Palacio San Martín.
Cautelar previa y reacción oficial
Durante tres meses, el descuento se aplicó efectivamente sobre los haberes del personal del servicio exterior. Luego quedó suspendido por una medida cautelar dictada por el propio Cormick, tras la acción de amparo presentada por los sindicatos.
De todos modos, el Gobierno anticipó que apelará el fallo de primera instancia y que insistirá en la vía judicial a través de la Agencia de Recaudación (ARCA), con el objetivo de revertir la decisión.
A quiénes impactaba el tributo
Según los datos del expediente, el alcance del descuento incluía a unos 550 diplomáticos. De ese total, 150 están adscriptos al servicio exterior, 60 cumplen funciones como agregados militares y el resto se desempeña en distintas tareas oficiales en el exterior.

