La Cámara Federal porteña reabrió una causa en la que se investigan supuestas irregularidades en la distribución y aplicación de vacunas contra el Covid-19 en la Capital Federal.
Los camaristas Roberto Boico, Martín Irurzun y Eduardo Farah revocaron el archivo dispuesto por el juez Ariel Lijo, en el marco de una causa caratulada “Rodríguez Larreta, Horacio y otros s/abuso de autoridad y violación de los deberes de funcionario público, cohecho, malversación de caudales públicos y violación de medidas contra la propagación” de la pandemia.
La denuncia, formulada por los abogados Natalia Salvo y Yamil Castro Bianchi, advertía sobre la supuesta “cesión de vacunas en favor de establecimientos sanitarios privados y/o de carácter social en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sin verificar su destino”.
Esa conducta, añadía la presentación, “tuvo por finalidad garantizar la vacunación de personas que no se encuentran comprendidas en los grupos prioritarios que establece el Plan Estratégico para la Vacunación contra la Covid-19 en la República Argentina”.
La investigación estaba orientada a “establecer si hubo o no una distribución o aplicación privilegiada de vacunas –a través de clínicas y obras sociales, entre otras- en el ámbito de jurisdicción de la Ciudad de Buenos Aires, con eventual favorecimiento a personas que no se “encuentran comprendidas en los grupos prioritarios”.
El juez Boico subrayó que el juez Lijo “dio cierre al sumario sin examinar la (eventual) tipicidad o no de esa versión, sino por estimar completa la tarea de colección de evidencias”.
Pero el archivo no contempló las medidas de prueba pendientes pedidas por la fiscalía, que “tienen relación directa con el objeto del caso y que, en función de ello, no pueden ser desechadas sin más”.
El juez Irurzun sostuvo que “los datos reunidos en consecuencia muestran que se convino con diferentes entidades la provisión y aplicación de las vacunas según prioridades basadas en factores como ocupación, edad y situación de salud” y hasta ahora “no se detectaron, de momento, indicios sobre directivas de direccionamientos por fuera de ese planeamiento”.
“No obstante –contrapuso-, también es cierto que la investigación no se completó. El apelante señaló cursos de acción concretos aún por transitar que tienen relación directa con el objeto del legajo”.
Por su parte, el juez Farah opinó que “dado el tiempo transcurrido desde el inicio de la causa y la actividad probatoria transitada en ese tramo, resulta razonable la pretensión de que se lleven adelante medidas de instrucción tendientes a completar el conocimiento sobre lo sucedido”.