Rafecas rechazó frenar la licitación de la Hidrovía

Rafecas desestimó pedidos para detener el proceso licitatorio

Vista aérea de embarcaciones navegando por la Hidrovía Paraná-Paraguay

NewsITe

El juez federal Daniel Rafecas rechazó los pedidos de suspensión de la licitación de la Hidrovía Paraná-Paraguay presentados por la diputada nacional Marcela Pagano y por el dirigente Fernando Míguez. La resolución, dictada en el marco de dos expedientes impulsados por ambos denunciantes, mantiene en curso el proceso competitivo para la concesión de la vía navegable troncal, considerada estratégica para el comercio exterior argentino y regional.

Las causas, identificadas como CFP 2238/2026 y CFP 2425/2026, investigan presuntas maniobras de fraude, negociaciones incompatibles con la función pública, asociación ilícita y un supuesto direccionamiento del proceso licitatorio. Sin embargo, Rafecas entendió que no se encontraban reunidos los requisitos legales para dictar una medida cautelar que paralizara la licitación.

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Según surge del fallo al que accedió Noticias Argentinas, Pagano sostuvo que el esquema de contratación habría sido diseñado para beneficiar a la empresa Jan de Nul y a grupos empresarios locales vinculados al Grupo Neuss. De acuerdo con su planteo, determinadas cláusulas técnicas del pliego serían restrictivas y habrían sido incluidas con el objetivo de limitar la competencia, en el marco de posibles acuerdos previos de distribución de contratos.

La legisladora también puso el foco en presuntas falsificaciones de documentación técnica atribuida a Naciones Unidas, que habría sido utilizada como antecedente para respaldar aspectos del proceso licitatorio. En su presentación, vinculó estas supuestas irregularidades con antecedentes observados en otras licitaciones estatales, lo que a su criterio configuraría un patrón de prácticas ilegales.

Por su parte, el dirigente Fernando Míguez apuntó a que el pliego se habría elaborado con exigencias imposibles de cumplir para la mayoría de los potenciales oferentes, reduciendo así el universo de competidores. Además, advirtió sobre un eventual perjuicio millonario para el Estado derivado del traspaso al sector privado de la recaudación por peajes en la Hidrovía, un canal clave para la salida de granos, subproductos industriales y diversas exportaciones.

Fundamentos del fallo y rol del Ministerio Público Fiscal

En línea con la decisión del magistrado, el fiscal federal Guillermo Marijuan ya se había pronunciado en contra de conceder las medidas cautelares solicitadas. En su dictamen, sostuvo que no se encontraba acreditada la “verosimilitud del derecho invocado ni la arbitrariedad manifiesta del obrar administrativo”, dos de los requisitos básicos que la legislación exige para avanzar con una medida de este tipo.

Marijuan también consideró que no existía un peligro concreto en la demora, otro de los elementos que deben probar quienes piden una cautelar. En esa línea, remarcó que la investigación penal aún se encuentra en una etapa inicial y que, en este contexto, corresponde permitir que la administración continúe con el desarrollo del procedimiento licitatorio mientras se recogen pruebas y se analizan las denuncias.

Rafecas coincidió con esa postura y recordó en su resolución que las medidas cautelares contra actos de la administración pública deben aplicarse con criterio estrictamente restrictivo. El juez enfatizó que rige una presunción de legitimidad sobre las decisiones administrativas, lo que implica que no pueden ser suspendidas de manera anticipada sin una base probatoria sólida que justifique una intervención excepcional del Poder Judicial.

Continuidad de la investigación sobre la Hidrovía

Si bien el fallo descarta, por el momento, frenar la licitación de la Hidrovía Paraná-Paraguay, la investigación penal sigue su curso. El expediente fue remitido nuevamente a la Fiscalía Federal N° 9 para continuar con la pesquisa delegada, en los términos del artículo 196 del Código Procesal Penal. Esa norma permite que el Ministerio Público Fiscal impulse y dirija la instrucción, recolectando elementos de prueba para determinar si los hechos denunciados configuran o no delitos.

La Hidrovía es uno de los corredores de transporte fluvial más relevantes de Sudamérica, ya que canaliza buena parte del comercio exterior argentino, paraguayo y de otros países de la región. Por eso, cada instancia vinculada a su concesión y a la recaudación de peajes suele despertar intensos debates políticos, económicos y judiciales.

En este escenario, la decisión de Rafecas no implica un aval definitivo al proceso licitatorio, sino una determinación acotada al terreno cautelar: hasta el momento, los elementos aportados por las denuncias no justifican congelar el procedimiento. El avance de la causa penal permitirá establecer si existieron o no irregularidades en el diseño de los pliegos y en la eventual adjudicación de la concesión.

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