En el decreto que prorroga la emergencia sanitaria hasta el 31 de diciembre del próximo año, se detalla qué personas deberán permanecer aisladas:
- Quienes revistan la condición de “casos sospechosos”, hasta tanto se realice el diagnóstico confirmatorio o resultado negativo.
- Quienes revistan la condición de “casos confirmados”, por el plazo de 10 días desde la fecha de inicio de síntomas o del diagnóstico, en casos asintomáticos.
- Quienes no estén alcanzados por los dos primeros casos y revistan la condición de “contacto estrecho”, por un plazo de 10 días, que podrá ser reducido a siete días en caso de contar con test de PCR negativo.
- Quienes arriben al país desde el exterior, cuando no cuenten con esquema de vacunación completo o cuando no hayan transcurrido 14 días desde que hayan completado su esquema de vacunación, por el plazo de 10 días, contados desde la fecha de toma de muestra de la PCR realizada dentro de las 72 horas previas al viaje.