Quedó firme el fallo que ordena restaurar el humedal del Tonelero

La causa judicial por el daño ambiental en el paraje Paso del Tonelero, partido de Ramallo, ingresó en una nueva etapa luego de que quedara firme el fallo que obliga a Naviera Lojda S.A. a recomponer el humedal afectado por las actividades desarrolladas en el sector.

La causa judicial por el daño ambiental en el paraje Paso del Tonelero, partido de Ramallo, ingresó en una nueva etapa luego de que quedara firme el fallo que obliga a Naviera Lojda S.A. a recomponer el humedal afectado por las actividades desarrolladas en el sector.

La Suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos Aires rechazó el recurso extraordinario presentado por la empresa y, de esta manera, quedó firme la sentencia dictada en primera instancia el 17 de julio de 2025 y posteriormente confirmada por la Cámara Primera de Apelación en lo Civil y Comercial de San Nicolás, el 2 de octubre del mismo año.

El expediente se inició en 2012 a partir de una acción de amparo ambiental promovida por vecinos y afectados. La resolución judicial ordenó el cese de las actividades desarrolladas en la zona de bañados y humedales y dispuso la recomposición del ambiente afectado.

Uno de los elementos centrales de la causa fue la pericia realizada por el ingeniero en Seguridad Ambiental Guillermo Eduardo Cuadranti. El informe determinó que aproximadamente 20.000 metros cuadrados de humedal habían sido cubiertos con unos 60.000 metros cúbicos de material de relleno, con alturas que oscilaron entre 2,50 y 3,50 metros.

Según la pericia, el sector correspondía originalmente a terrenos bajos e inundables, con vegetación característica de humedales y bañados costeros. El especialista concluyó que el ecosistema existente antes del relleno se había perdido.

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La recomposición ordenada contempla varias tareas. Entre ellas se encuentra el retiro del relleno hasta recuperar la topografía original, mediante el uso de maquinaria pesada, además del retiro del tejido colocado en el perímetro del predio.

También se estableció el desarraigo y traslado de los pinos existentes y la elaboración de un plan de reforestación con especies nativas, con intervención de profesionales especializados. La pericia había señalado la posibilidad de coordinar estas tareas con el INTA.

La sentencia dispuso además que Naviera Lojda presente un plan de recomposición ambiental y que las tareas sean supervisadas por el Ministerio de Ambiente de la provincia de Buenos Aires.

El fallo también contempla adecuaciones vinculadas con la operatoria de bombeo y descarga de arena, entre ellas el funcionamiento con los portones de la planta cerrados, a partir de las mediciones de ruido incorporadas al expediente.

Con el cierre de la instancia judicial, el eje de la causa pasa ahora de la discusión sobre la existencia del daño a la ejecución de las medidas de recomposición ambiental ordenadas por la Justicia.

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