El proyecto plantea un reempadronamiento obligatorio, nuevas restricciones para acceder al beneficio y cambios en el sistema de prestaciones en discapacidad. También propone derogar artículos centrales de la ley vigente.

El Gobierno nacional envió al Congreso un proyecto de ley que introduce modificaciones de fondo en el régimen de pensiones por discapacidad y en la Ley de Emergencia Nacional en Discapacidad. La iniciativa, que ingresó por el Senado bajo el nombre “Contra el Fraude de Pensiones por Invalidez”, propone redefinir los criterios de acceso a la asistencia estatal y endurecer los controles sobre los beneficiarios.
El texto fue presentado en un contexto político atravesado por la crisis generada por la investigación sobre un supuesto pago de coimas y la posterior eliminación de la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS). En paralelo, el Ejecutivo impulsa un nuevo debate legislativo mientras no aplica la normativa vigente, pese a fallos judiciales que así lo establecieron.
Derogaciones y cambios en el acceso a las pensiones
El eje central del proyecto es la derogación de los artículos 5, 8, 9, 14 y 20 de la Ley N° 27.793 de Emergencia Nacional en Discapacidad. Según el planteo oficial, estos cambios implican una redefinición del sistema, ya que parte de la normativa vigente establecía criterios amplios de acceso basados en la universalidad de la asistencia.
De aprobarse la iniciativa, se implementará un reempadronamiento obligatorio para todos los titulares de pensiones por invalidez. Los beneficiarios deberán acreditar nuevamente su condición médica, su situación socioeconómica y sus antecedentes laborales. El proyecto establece que “aquellos que no lo hagan sufrirán una suspensión automática de la pensión y la pérdida del beneficio”.
Además, se prevé un sistema de fiscalización que incluirá el cruce de datos entre organismos como ANSES, ARCA y SINTyS. En caso de detectarse inconsistencias, la normativa habilita la suspensión preventiva del beneficio, con derecho a defensa y revisión del proceso.
Cambios en los montos y en la compatibilidad laboral
La propuesta fija el monto de la pensión no contributiva en el 70% del haber mínimo jubilatorio. Al mismo tiempo, elimina la facultad del Poder Ejecutivo de otorgar adicionales por invalidez laboral o por zona geográfica desfavorable.
En materia laboral, el proyecto establece la “incompatibilidad absoluta” entre la percepción de la pensión y cualquier empleo formal o inscripción en regímenes laborales. Esto implica que, de aprobarse, una persona con discapacidad no podrá mantener el beneficio si accede a un trabajo registrado.
La iniciativa también elimina disposiciones vinculadas a programas de inclusión laboral y beneficios para empresas que contraten personas con discapacidad, lo que modifica el esquema de incentivos vigente.
Reformas en el sistema de prestaciones
El texto introduce cambios en la organización y financiamiento del sistema. Entre ellos, autoriza la firma de convenios entre la Nación, las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para la administración de fondos.
A su vez, elimina el esquema actual de aranceles homogéneos y desregula la negociación de prestaciones entre obras sociales y prepagas. En este punto, el proyecto suprime el nomenclador vigente y redefine los mecanismos de actualización, que pasarán a ajustarse de forma trimestral o según el índice de precios al consumidor en caso de demoras.
Diferencias con la normativa vigente y escenario político
La legislación actual había ampliado el universo de beneficiarios a partir de un criterio más amplio de discapacidad, que no se limitaba a la invalidez laboral. El nuevo proyecto, en cambio, retoma una definición más restrictiva y refuerza los requisitos de acreditación.
Desde el oficialismo consideran que el Senado ofrece un escenario más favorable para avanzar con la iniciativa, lo que anticipa un debate con tensiones dentro de los bloques que en el pasado acompañaron la emergencia.
El proyecto establece que el incumplimiento de los plazos y requisitos del reempadronamiento dará lugar a la suspensión y posterior baja del beneficio, en un esquema que redefine el acceso y la continuidad de las pensiones por discapacidad en el país.

