Aquellos contratos firmados bajo la denominada Ley de Alquileres, que actualizan el precio anualmente, tendrán un importante aumento a partir del próximo mes. La suba será del 196,7% para los inmuebles con contratos que actualizan valores en abril. Así se desprende del Índice de Contratos de Locación (ICL), el mecanismo fijado por la norma ahora derogada por un DNU del presidente Javier Milei.
De la redacción de EL NORTE
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Un inquilino que desde abril de 2023 viene pagando mensualmente un alquiler de $100.000, en pocos días más pasará a pagar casi el triple: $296.700. La situación de los inquilinos está atada a la inflación, naturalmente. Y en especial la de aquellos que firmaron sus contratos antes de que en diciembre pasado un decreto de necesidad y urgencia firmado por el presidente Javier Milei derogara la denominada Ley de Alquileres: el incremento acumulado en los últimos 12 meses generó un verdadero drama en los precios de los alquileres, que en abril sufrirán un aumento récord.
Los contratos firmados bajo la Ley N° 27.551, derogada por el DNU del Presidente aún vigente, que actualizan el precio anualmente a través del Índice de Contratos de Locación (ICL), tendrán un aumento del 196,7% en abril.
De esta manera, aquellos inquilinos que estaban pagando $100.000 pasarán a pagar $296.700, mientras que los que pagan $200.000 pasarán a pagar $593.400. Si el contrato finaliza, el propietario puede solicitar un índice diferente para la renovación del mismo. Pero debe consensuarlo, claro, con el propietario. Por regla general los contratos posteriores al DNU vienen acordándose con cláusulas de actualización cada tres o cuatro meses. Y puede ser por la variación del propio ICL, o bien, por las del Índice de Precios al Consumidor. Depende del acuerdo entre las partes.
Ley derogada
El DNU de Milei derogó la ley que había sido modificada a mediados del 2023 y liberó a las partes a elegir el índice de indexación que prefieran, lo que hizo que desde diciembre, la mayoría de los nuevos contratos pidan actualización por IPC.
El ICL –incluido en los contratos previos al DNU como cláusula obligada para actualizaciones anuales, sin espacio para negociaciones entre las partes– es un indicador que elabora el Banco Central de la República Argentina y que se compone de la variación del índice de precios y también de la evolución de los salarios. Para calcular la actualización anual que tiene un contrato de locación se debe tomar como referencia el precio actual, se lo divide por el valor del índice con fecha de inicio del contrato. Luego se multiplica ese monto por el índice de la fecha en la que cambia la cifra del alquiler. El ICL se encuentra publicado en la página web del Banco Central: www.bcra.gob.ar.