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sábado, diciembre 14, 2024
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Edición N°

Pidieron la pena para los policías condenados por exceso en el cumplimiento de su función

HOMICIDIO DE LOPES GARCÍA

De la redacción de EL NORTE
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Finalmente se realizó en el Tribunal Oral en lo Criminal Nº 2 el juicio de cesura en la causa por el homicidio de Germán Lopes García ocurrido en San Pedro, en 2021. El debate a cargo de un jurado popular se extendió desde el 22 de noviembre pasado hasta el sábado 25, que concluyó con la lectura del veredicto absolutorio para dos de los acusados y condenatorio para otros dos, pero con una figura mucho menos gravosa que la planteada por la acusación que contemplaba una condena de prisión perpetua. La audiencia para el pedido de pena tuvo lugar a comienzos de semana y contó con la declaración testimonial de los imputados y de familiares de la víctima para evaluar la extensión del daño. Por la parte acusadora, integrada por la fiscalía, el letrado Gabriel Ganón como representante del particular damnificado, referentes de la Comisión por la Memoria y la Secretaría de Derechos Humanos, abogaron por que la balanza de la magistrada Elena Baquedano se inclinara por el máximo de la pena fijada por ley en 5 años y la defensa argumentó en favor de un mínimo de 1 año. Finalmente la decisión será dada a conocer el próximo 19 de diciembre al mediodía de manera virtual.

Los acusados eran cuatro policías que prestaban sus servicios en la Comisaría de San Pedro. Dos de ellos estaban imputados por lesiones y vejaciones en perjuicio de un hijo del hombre fallecido. Se trataba de Carlos Sala y Manuel González, cuya defensa estuvo a cargo del abogado Julián Domínguez. Ambos finalmente fueron declarados no culpables y consecuentemente absueltos. Los otros dos efectivos eran el nicoleño Rodrigo Velázquez y el sampedrino Emanuel González, a quienes se los señaló como los autores de los golpes que terminaron con la vida de Lopes García, por lo que fueron imputados por homicidio agravado. La defensa de estos últimos, conformada por los abogados Soledad Galarza y Hugo Lima, lograron el convencimiento del jurado que entendió que no hubo intencionalidad en los golpes que provocaron la muerte del hombre y los declararon no responsables de homicidio agravado y sí de “exceso en el cumplimiento del deber”, cuya pena oscila entre 1 y 5 años.

Los hechos

Los cuatro policías fueron juzgados por los sucesos ocurridos en San Pedro en 2021, en el que Germán Lopes García recibió golpes que le produjeron la muerte días después en el Hospital Emilio Ruffa, tras ser intervenido quirúrgicamente en varias ocasiones. Conforme a la acusación, el hecho se produjo luego de que la víctima llamara a una ambulancia porque su pareja se había descompensado. En el centro de emergencias, según una versión, interpretaron erróneamente el llamado creyendo estar frente a un caso de violencia de género y convocaron a las fuerzas policiales. Otra de las posturas señalaba que el apoyo fue solicitado debido a que desde el domicilio habrían amenazado al personal sanitario. Lo cierto es que en un confuso episodio que enfrentó versiones, los agentes de seguridad habrían golpeado a Lopes García, quien sufrió traumatismos abdominales graves que le ocasionaron la muerte tras permanecer 25 días internado en el nosocomio sampedrino.

El juicio se vio demorado por varias circunstancias, entre ellas la pluralidad de actores, la dificultad en la selección del jurado y la posterior baja, en diferentes días, de dos de ellos que debieron ser reemplazados por suplentes entre otras vicisitudes. Fue un debate marcado por las chicanas, con permanentes cruces y una inusitada vehemencia entre las partes. Se desarrolló una contienda desigual en cuanto a la cantidad de integrantes de la parte acusadora conformada por dos fiscales, un representante del particular damnificado, otro de la Comisión por la Memoria y un referente de la Secretaría de Derechos Humanos donde cada uno tuvo participación activa contra la parte de la defensa que debió luchar contra varios frentes. De todas formas, el jurado integrado por vecinos determinó que no se probaron las vejaciones en perjuicio de Leoncio Lopes García y que la intención de González y Velázquez no había sido la de provocar el trágico resultado.