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martes, octubre 22, 2024
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PERITAN AUTENTICIDAD DE LOS VIDEOS DEL SINIESTRO EN EL QUE FALLECIERON CARMEN MONTES Y MIGUEL ARROYO

MÚLTIPLE CHOQUE FATAL

Las grabaciones que fueron tomadas por cámaras privadas serán peritadas en La Plata. Habían sido aportadas a la causa por el múltiple choque por la defensa de Ramírez. Aunque parece igual al aportado por los damnificados difieren en un punto clave: la velocidad.

De la redacción de EL NORTE
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En los inicios de la investigación, en febrero de este año, familiares de una de las víctimas había presentado un video tomado por una cámara particular de un comercio cercano al accidente, que mostraba los momentos previos al terrible siniestro y que se constituiría en una de las pruebas principales para demostrar la velocidad a la que se conducía la camioneta Amarok guiada por Jeremías Ramírez. Antes de que se efectuara la pericia sobre esa grabación, en el mes de mayo, la defensa aportó otro video similar que parece corresponder a la misma toma y a la misma cámara que el aportado por los damnificados, pero cuando son examinados por los peritos encuentran entre ellos una marcada diferencia, el segundo es más lento y, por lo tanto, mide una velocidad sensiblemente inferior. En este tipo de pericias concurren los peritos oficiales con los de parte y si arriban a una conclusión coincidente, se presenta un informe en común; si no se ponen de acuerdo, el perito oficial hace su presentación y la parte no conforme presenta un escrito en disidencia. Eso es lo que hizo el perito de parte, por lo que presentó un informe complementario. Ante las diferencias entre ambos videos, la fiscalía a cargo de Martín Mariezcurrena solicitó que las grabaciones sean analizadas ante los organismos especializados de la ciudad de La Plata para constatar la veracidad de su contenido.

Pedido de cambios

El pasado viernes ingresó en el Juzgado de Garantías Nº 2, a cargo del magistrado Ricardo Prati, un pedido por parte del abogado Fernando Lima, defensor de Jeremías Ramírez, para que sea cambiada la imputación y la calificación legal de la causa. La decisión será conocida en los próximos días, aunque si el Juzgado de Garantías continúa con la línea desplegada hasta ahora, remitirá el escrito a la fiscalía que es naturalmente la titular de la acción penal y la que en definitiva sería la encargada de resolver este tipo de cuestiones. Ramírez está formalmente imputado por doble homicidio culposo agravado. Inicialmente la causa no contemplaba el agravante que incrementa la pena de 2 años para el mínimo y 5 para el máximo a 3 y 6, respectivamente. Los fundamentos para aplicar ese agravamiento presentaban una causa subjetiva, que es la velocidad a la que se conducía la camioneta protagonista del accidente, y una objetiva, que es la cantidad de víctimas fatales. Al fallecer Miguel Arroyo a casi un mes del accidente, se cambió la calificación. Desde fiscalía habían informado a EL NORTE que ya con el concurso de una de las causas, sea objetiva o subjetiva, se produce el agravante.

Por lo tanto, se acusa a Jeremías Nicolás Ramírez de haber provocado en febrero de este año el accidente fatal que involucró a cuatro vehículos, costara la vida de dos personas y dejara un saldo de varias personas heridas.

Cuestionamientos

Respecto del pedido de cambio en la imputación, la defensa sostiene que el responsable del siniestro es el fallecido Miguel Arroyo, que conducía el Ford Fiesta en el que se desplazaban las dos víctimas mortales, quien, según sus dichos, habría ingresado a la arteria principal sin tomar las debidas precauciones. Con esta afirmación se pretende el cambio de imputación por el que dejaría de ser responsable Ramírez y pasaría a serlo el hombre fallecido.

Respecto de los agravantes, que en el caso de la causa objetiva sería la concurrencia de más de una víctima fatal, el argumento utilizado es que la muerte de Arroyo se habría producido por un virus intrahospitalario y no por causa del accidente. Postura sostenida a pesar de que el hombre fallecido ingresó inconsciente al nosocomio local y en estado de extrema gravedad apenas ocurrido el siniestro y permaneció en ese estado hasta su deceso producido un mes después.

Y en el caso de la agravante subjetiva del exceso de velocidad de la camioneta Amarok, la acusación sostiene que sería de 112 km al momento del impacto mientras que la defensa asegura que se desplazaba a poco más de 70 km. Para sostener sus argumentos cada una de las partes aportó, entre otras pruebas, un video sobre los cuales los peritos oficiales procuraron determinar la velocidad de desplazamiento. De ahí la importancia de determinar la veracidad de los mismos.

En la presentación del pedido de cambio de imputación y de carátula, la estrategia defensiva busca desarmar cada uno de los puntos que les resultan desfavorables en una jugada a todo o nada.

El siniestro

El accidente había ocurrido en la madrugada del 5 de febrero en la intersección de las calles Terrasson y Savio. Jeremías Ramírez, de 20 años, chocó su camioneta Amarok contra otros tres vehículos. Como consecuencia del impacto, Carmen Montes murió en el acto y cinco personas resultaron heridas de diferente consideración, entre ellas Miguel Arroyo, de 39 años, quien falleció a causa de las heridas un mes después del accidente y que provocó el primer cambio de carátula por la de “doble homicidio culposo agravado”. Ramírez permanece en libertad a disposición de la Justicia. Se le impide conducir vehículos y la salida del país hasta tanto la causa sea resuelta.

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