El Máximo Tribunal bonaerense ordenó descontarles en calidad de afiliados comunes, no como aportantes voluntarios. Es en el marco de la desafiliación masiva producida entre los municipales nicoleños luego de que el Ejecutivo comandado entonces por Manuel Passaglia auspiciara la posibilidad de optar por otro servicio de cobertura.
De la redacción de EL NORTE
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La Suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos Aires obligó al Instituto de Obra Médico Asistencial (IOMA) a equiparar el aporte que realizan los empleados municipales de San Nicolás con el del resto de los afiliados, en el marco de un conflicto con el municipio que había derivado en un incremento.
La resolución de la Corte fue dictada este martes en una causa que comenzó luego de que, en abril pasado, el Concejo Deliberante nicoleño decidiera, a instancias de un proyecto del Departamento Ejecutivo, que los empleados del municipio pudieran “desafiliarse” del IOMA y adherirse a la empresa de medicina prepaga Avalián.
El conflicto se desató porque IOMA comenzó a cobrar a los municipales que no se pasaron a la empresa privada como afiliados voluntarios, lo que implica que los descuentos que se les realizan son mayores.
IOMA sostuvo siempre que el plexo legal vigente no le permite hacer acuerdos parciales: es con todos los empleados o con ninguno, afirman. La lógica detrás de ese esquema es la solidaridad del sistema: IOMA se sostiene con los aportes de las personas sanas y enfermas para cubrir los tratamientos. Las prepagas, en cambio, puede rechazar pacientes con enfermedades preexistentes o que requieren tratamientos caros, como las crónicas.
Por eso, explicaron desde la obra social de la Provincia, en San Nicolás los trabajadores que en los términos de lo resuelto por el Concejo Deliberante no optaron por la prepaga quedaron igualmente desafiliados y pagan como “voluntarios”. Pero ahora la Corte obliga a IOMA a cobrarles como antes de la desafiliación: es decir, en el régimen colectivo anterior.