El Gobierno reforma el régimen de envíos postales y unifica franquicias

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El Gobierno nacional oficializó una profunda reforma del régimen aduanero postal que impacta tanto en las exportaciones como en las compras al exterior realizadas por personas físicas. A través del Decreto 604/2026, publicado en el Boletín Oficial, se habilitan por primera vez las exportaciones comerciales por vía postal sin límite de valor y se unifica la franquicia para importaciones de carácter no comercial.
Con la nueva normativa, las empresas y emprendedores argentinos podrán exportar bienes mediante el sistema postal bajo los tratamientos simplificados de la Unión Postal Universal, bloque al que el país pertenece desde 1887, pero cuyos beneficios estaban acotados por la falta de regulación específica. Hasta ahora, esta ausencia de reglas claras operaba como una barrera práctica para quienes buscaban vender al mundo a pequeña y mediana escala.
El decreto incorpora un artículo sin número al Decreto 1001/82, reglamentario del Código Aduanero, que establece que las exportaciones con finalidad comercial realizadas por vía postal “no estarán sujetas a límites de valor”. A la vez, delega en la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP, a través de la Aduana) el dictado de las normas operativas complementarias necesarias para su implementación.
Compras al exterior: un solo esquema y una franquicia de US$400
En el plano de las importaciones sin fin comercial, el Gobierno unifica la franquicia en US$400 FOB por envío, con un máximo de cinco envíos por año calendario y por persona. Dentro de ese cupo, las mercaderías quedarán exentas de derechos de importación y de la tasa de estadística. Una vez superados esos límites, se aplicará el régimen tributario general vigente para el comercio exterior.
Hasta la entrada en vigencia de esta reforma, el tratamiento era desigual según el canal utilizado. Los envíos que ingresaban vía operador postal oficial estaban alcanzados por una tasa del 50% sobre el valor declarado de la mercadería, mientras que los couriers privados contaban con una franquicia de US$400 por envío hasta cinco operaciones anuales. El nuevo esquema elimina esa asimetría y deroga el artículo 8° del Decreto 161/99, que fijaba el recargo para el correo oficial.
El texto también contempla los envíos de ayuda familiar y los obsequios personales remitidos por vía postal. En estos casos, las exportaciones quedarán exentas de tributos siempre que el valor acumulado mensual por remitente no supere los US$5.000. La medida busca facilitar el envío de paquetes entre particulares, especialmente hacia familiares residentes en el exterior.
Objetivo: más competitividad y previsibilidad para el consumidor
Otra novedad es la simplificación procedimental en el despacho aduanero: el operador postal quedará automáticamente habilitado para actuar como representante del destinatario, salvo que este manifieste explícitamente que desea intervenir por sí mismo antes del ingreso del envío al país. El Gobierno apunta así a reducir tiempos y burocracia en la tramitación.
En los considerandos del decreto, el Poder Ejecutivo sostiene que los cambios procuran “brindar a los productores y comerciantes argentinos nuevas posibilidades para insertarse en el mercado internacional”, en línea con una agenda de apertura comercial orientada a micro, pequeñas y medianas empresas, así como a emprendimientos que operan a través del comercio electrónico transfronterizo.
Según los fundamentos oficiales, la reforma reduce la incertidumbre del consumidor al establecer “ex ante” el régimen tributario aplicable a las compras en el exterior y elimina distorsiones entre operadores postales.
Con la entrada en vigencia de este nuevo marco para envíos postales, el Gobierno apuesta a dinamizar el comercio exterior de baja escala, ampliar la base exportadora y ofrecer mayor previsibilidad a quienes realizan compras en el exterior, ya sea a través del correo oficial o de empresas privadas de mensajería.

