El Presidente respaldó el fallo que dejó sin efecto la cautelar sobre 83 artículos de la ley. La normativa vuelve a regir mientras continúa la disputa judicial.

El presidente Javier Milei celebró la decisión de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo que dejó sin efecto la medida cautelar que había suspendido la aplicación de una parte sustancial de la reforma laboral. A través de sus redes sociales, el mandatario expresó su respaldo al fallo y destacó el rumbo económico del Gobierno.
“No podrán detener el crecimiento que se viene para el País. Viva la libertad carajo…!!!”, publicó el jefe de Estado en su cuenta de X, al compartir un mensaje de la ministra de Capital Humano, Sandra Pettovello.
La resolución fue adoptada por la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, que dispuso suspender los efectos de la medida cautelar dictada previamente. Con este fallo, los artículos cuestionados recuperan vigencia plena hasta que el tribunal se pronuncie sobre el fondo del asunto.
La decisión fue tomada por la Sala VIII, integrada por la jueza María Dora González y el juez Víctor Arturo Pesino, quienes entendieron que no se verificaban las condiciones excepcionales necesarias para sostener la cautelar. El dictamen se basó en lo dispuesto por la Ley 26.854, que regula las medidas cautelares contra el Estado.
De esta manera, quedó sin efecto la resolución dictada el 30 de marzo por el juez Enrique Ojeda, que había suspendido 83 artículos de la Ley 27.802 tras una presentación de la Confederación General del Trabajo de la República Argentina.
La reforma laboral vuelve a estar vigente mientras sigue la disputa judicial
La medida implica que el paquete de reformas laborales impulsado por el Gobierno nacional vuelve a estar operativo en su totalidad. No obstante, la Cámara deberá definir en una instancia posterior si confirma o revoca de manera definitiva la cautelar cuestionada.
La causa, titulada “Confederación General del Trabajo de la República Argentina c/ Estado Nacional – Poder Ejecutivo Nacional s/ acción declarativa”, se originó a partir de la impugnación sindical a diversos aspectos de la reforma. Entre ellos, se cuestionaron cambios en el régimen de indemnizaciones, condiciones de contratación, jornada laboral y representación sindical.
En primera instancia, el juzgado interviniente había concedido la cautelar al considerar acreditados los requisitos de verosimilitud del derecho y peligro en la demora. Sin embargo, el Estado nacional apeló la decisión a través de la Procuración del Tesoro, al sostener que no existía un caso concreto que justificara la suspensión de una ley de alcance general.
En paralelo, el Gobierno presentó un recurso extraordinario por “per saltum” ante la Corte Suprema, con el objetivo de que el máximo tribunal revise directamente la suspensión de la normativa.
Gobierno y CGT mantienen posiciones enfrentadas
La Ley 27.802 forma parte del paquete de reformas económicas impulsadas por la administración nacional, que sostiene que los cambios buscan reducir la litigiosidad y fomentar el empleo formal. En contraste, la CGT rechaza la normativa por considerar que implica una reducción de derechos laborales y una modificación sustancial del sistema vigente.
Con la cautelar suspendida, la reforma vuelve a regir en todos sus términos mientras continúa el proceso judicial. La definición final quedará en manos de la Cámara y, eventualmente, de la Corte Suprema, si las partes insisten en sus planteos.

