La Cámara Federal rechazó la apelación de la fiscalía. La jueza María Eugenia Capuchetti había entendido que se violaba la libertad de expresión
La Cámara Federal ratificó hoy la decisión de excluir de la causa de la llamada “Mesa judicial” del macrismo un informe que había elaborado la Dirección de Asistencia Judicial en Delitos Complejos (DAJUDECO), a solicitud del fiscal Franco Picardi y que había sido tildado por como “ciberpatrullaje” por los imputados y referentes de la oposición.
“La medida de prueba así ordenada, aparece ya liminarmente como extralimitada e invasiva de derechos vitales del sistema democrático, tal como la libertad de expresión (art 14 CN), que se encuentran especialmente protegidas por nuestra constitución y merecen particular atención, precaución y tutela”, sostuvo el fallo al que accedió Infobae.
La causa sobre la “mesa judicial” investiga si Mauricio Macri y exfuncionarios de su gobierno presionaron a jueces para lograr fallos en su favor o “castigar” a aquellos que no hubieran sacado resoluciones afines a esos intereses oficiales. Con la investigación delegada, Picardi solicitó a la DAJUDECO, un organismo que depende de la Corte Suprema, que elaborara un “mapeo” sobre declaraciones públicas de funcionarios macristas sobre la exprocuradora Alejandra Gils Carbó y la jueza de Casación Ana María Figueroa.
El informe buscaba relevar “todas aquellas manifestaciones directas de carácter público -bien sea por entrevistas, conferencias u otros eventos, redes sociales, etc.- de funcionarios o allegados a la gestión de gobierno que encabezó el Poder Ejecutivo Nacional entre el 10/12/2015 y el 9/12/2019, cuyos contenidos estén emparentados con expresiones de connotaciones críticas, negativas, peyorativas y/o descalificantes, en términos profesionales y/o personales, hacia las personas presuntamente afectadas” en esta investigación.
La DAJUDECO detallaba tuits, likes y opiniones en las redes sociales y en los medios de comunicación de distintas personas vinculadas al área de Justicia del macrismo. Cuando se conocieron los resultados de ese informe, tanto el procurador Eduardo Casal como la Corte Suprema de Justicia solicitaron detalles al respecto y los involucrados, como el ex ministro de Justicia Germán Garavano o el hoy senador Juntos por el Cambio José Torello, impugnaron la incorporación del informe. Por afuera de la causa, también la ex diputada y referente de la Coalición Cívica, Elisa Carrió, denunció el reporte de la DAJUDECO.
Fue así que la jueza María Eugenia Capuchetti, que había delegado la investigación en el fiscal Picardi, decidió anular ese informe como prueba. Tanto Picardi como su superior, el fiscal adjunto José Luis Agüero Iturbe, defendieron la medida y pidieron a la Cámara Federal que la incorporara.
Según Picardi, la medida pretendía” corroborar o desacreditar los dichos de las víctimas, para realizar una análisis integral de toda la evidencia colectada hasta ahora y de aquí en adelante, con el objeto además de determinar o de descartar hipótesis delictivas vinculadas a coacciones u hostigamientos mediáticos y/o públicos de modo organizado, intencional y direccionado, por parte de determinados funcionarios y/o allegados políticos, contra magistrados y magistradas de nuestro país, en vinculación directa, con las presiones privadas, institucionales y personales que también manifiestan haber sufrido y sobre las cuales se han realizado otras medidas de prueba”.
La apelación insistió en que “el relevo de las opiniones públicas, constituye una vía de conocimiento idónea, válida, legítima y respetuosa de los derechos fundamentales de las partes imputadas y de las restantes personas que fueron incluidas que no forman parte de esta investigación” y la medida de prueba cumplía “con el principio de libertad probatoria que importa que dentro del proceso penal todo pueda ser probado por cualquier medio, dado que uno de los principios que lo gobiernan es el de la investigación integral”.