El abogado Pablo Lanusse presentó un escrito solicitando el apartamiento del juez por la causal de prejuzgamiento y temor fundado de parcialidad en perjuicio del ingeniero Mauricio Macri.
La defensa del expresidente Mauricio Macri presentó esta mañana ante el juzgado de Dolores, a cargo interinamente del juez Martin Bava, dos escritos, por un lado recusando al magistrado por “prejuzgamiento y temor fundado de parcialidad” y otro solicitando la suspensión de la audiencia del día de la fecha para ser indagado por presunto espionaje a familiares de tripulantes del ARA San Juan, para que se fije una nueva.
En la presentación manifestó que “son dos las causales que justifican este planteo de recusación que ponen en crisis la garantía de ser oído y juzgado por un juez imparcial -quien además es manifiestamente incompetente-, y ellas son el prejuzgamiento y el temor fundado de parcialidad que genera la actuación del Sr. Juez recusado en la persona del Ing. Mauricio Macri, quien se encargara de anticiparlo en su escrito de presentación en estas actuaciones”.
Entre los planteos asegura la defensa que en sus consideraciones el juez recusado también afirmó: “La gravedad institucional que demandan avanzar de una vez por todas en el juzgamiento del espionaje político-judicial llevado a cabo de manera sistemática en la Argentina”.
Esta afirmación nos lleva a preguntarnos qué quiere decir de una vez por todas. La respuesta solo se puede encontrar en el compromiso emocional, cognitivo y personal del juez recusado frente al caso concreto, que lo distancia de la garantía de juez imparcial que debe reconocer y hacer operativa en beneficio del Sr. Mauricio Macri. Es evidente que esa manifestación denota un interés preexistente del juez recusado con un tema en donde él ya prejuzga y da apodícticamente por cierto al concluir afirmando que fue llevado a cabo de manera sistemática en la Argentina”.
En otro orden de cosas, el abogado del expresidente hizo hincapié en “el escaso tiempo permitido al Sr. Macri y su defensa para acceder a la causa y su prueba por la inminencia de las fechas dispuestas por el Sr. Juez recusado para convocarlo a prestar declaración indagatoria (la primera de ellas era de público conocimiento que estaba fuera del país)”.
Por otra parte al referirse al prejuzgamiento por parte de Bava, Lanusse remarcó que, “en la causa propia, y de forma indirecta juzgando como ciertos hechos que exceden su competencia y jurisdicción lo lleva al juez recusado a afirmar que existió un entramado de operaciones de inteligencia ilegal con objetivos similares; que el Servicio Penitenciario Federal fueron quienes llevaron a cabo acciones de espionaje ilegal y que existieron escuchas ilegales en ese ámbito durante el período 2016-2019”.
Además, consideró el letrado que el magistrado subrogante “se arroga la jurisdicción y competencia de otros magistrados y el conocimiento de otras investigaciones que no le son propias, para dar por cierto que ocurrieron hechos de espionaje ilegal en distintas jurisdicciones y que todo ello respondió a un mismo plan”.
En ese sentido la defensa de Macri enfatizó que “es evidente que ante un juez que da por cierto el hecho que todavía se está investigando y que sólo exige su sanción, nadie puede sentirse oído por alguien imparcial. Y en ese contexto y prejuzgamiento el juez recusado convoca a declaración indagatoria a mi ahijado procesal. Si creemos realmente que ese acto sensible del proceso es la primera oportunidad de defensa real, material, concreta y personal, es evidente que ante el juez subrogante Dr. Martín Bava es imposible de materializar, dado que ya juzgó tales hechos como ciertos y solo prevé a su respecto una sanción”.
En el escrito de 28 páginas se solicitó que para el hipotético caso de que la recusación no sea aceptada por el juez Martín Bava, se haga lugar a la producción de prueba que mencionan y a la audiencia de Art. 61 dispuesta en el ordenamiento jurídico.
La segunda presentación más breve piden la suspensión del acto procesal dispuesto para el día de la fecha. “En mérito a las razones invocas, las cuales surgen de vuestra decisión del 1° de octubre de 2021 donde quedó plasmado su prejuzgamiento y donde se exhibe su carencia de mesura, prudencia, imparcialidad y serenidad, solicito para hacer operativa la garantía de ser oído por un juez imparcial, que se suspenda la audiencia convocada para el día de la fecha a tenor del artículo 294 del ordenamiento ritual, y se inhiba hasta tanto este planteo encuentre resolución definitiva”, sentenció.MDZ