Luego de que la Corte anulara el sobreseimiento de Ramírez, sigue sin definiciones el juicio por el trágico siniestro

MUERTE DE CARMEN MONTES Y MIGUEL ARROYO

En diciembre pasado, la Corte provincial anuló el sobreseimiento de Jeremías Ramírez y ordenó a Casación un nuevo dictamen. A casi nueve meses del mandato, no hay definiciones en la causa. El acusado conducía el vehículo que en 2022 embistió a un Ford Fiesta y chocó a otros dos autos. Carmen Montes murió en el acto y cinco personas resultaron heridas, entre ellas Miguel Arroyo, quien falleció un mes después.

Jeremías Ramírez conducía la camioneta Amarok que en febrero de 2022, en avenida Savio y Terrasson, embistió a un Ford Fiesta y en el arrastre chocó a otros dos autos. Como resultado del siniestro, Carmen Montes murió en el acto y otras cinco personas resultaron heridas, entre ellas Miguel Arroyo, quien falleció un mes después.

En junio de 2023, el juez de Garantías Ricardo Prati ordenó el enjuiciamiento del joven por doble homicidio culposo agravado por la velocidad del vehículo y por la muerte de dos personas. Desde entonces, la causa por el múltiple choque fatal tuvo innumerables idas y vueltas, sufrió varios traspiés y aún continúa sin resolución.

El juicio por ambas muertes estaba próximo a realizarse cuando la defensa de Ramírez interpuso dos recursos de queja en Casación tras haber apelado con resultado negativo. Los planteos contradictorios estaban dirigidos contra resoluciones anteriores adversas a pedidos de nulidad y de sobreseimiento, y contra la decisión de elevar a juicio la instrucción.

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Posteriormente, en una decisión calificada por la parte acusadora como «insólita», la Sala IV del Tribunal de Casación Penal decidió sobreseer a Jeremías Ramírez por la muerte de Miguel Arroyo por considerar que el fatal desenlace no se había producido por causa del siniestro. El tribunal entendió en esa oportunidad que, si bien Arroyo nunca recuperó la conciencia ni logró salir de terapia intensiva, el traumatismo de cráneo que padeció no fue la causa de su muerte. Por lo tanto, además de hacer lugar a los recursos planteados por la defensa, los magistrados avanzaron con el sobreseimiento.

Ante esta última resolución, la fiscalía, junto al particular damnificado representado por el abogado Sebastián Mazzolini, recurrió ante la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires para que decida específicamente si el Tribunal de Casación tenía facultades para avanzar con el sobreseimiento por la muerte de Miguel Ángel Arroyo y si había sido dictada con base en la Justicia. La Corte respondió en diciembre de 2025 anulando el sobreseimiento de Jeremías Ramírez por el delito de homicidio culposo agravado que tuvo por víctima a Arroyo. Calificó la decisión como arbitraria y ordenó un nuevo pronunciamiento a la par de considerar lo siguiente: «En consecuencia, con la urgencia que el caso requiere, dado el tiempo insumido en la incursión dos veces del expediente por una instancia impropia, debe casarse por arbitrario el pronunciamiento impugnado y devolverse al Tribunal de Casación para que –conformado por jueces hábiles– dicte uno nuevo con arreglo a derecho (art. 496, CPP)». A casi nueve meses del mandato, aún no hay pronunciamiento de la Cámara de Casación.

Los hechos

La tragedia ocurrió durante la madrugada del 5 de febrero de 2022 en la intersección de las calles Terrasson y Savio. Jeremías Ramírez, de 20 años, chocó su camioneta Amarok contra el Ford Fiesta en el que viajaban las víctimas fatales, para luego dar contra otros dos vehículos cuyos ocupantes recibieron distintas lesiones. Carmen Montes, de 40 años, murió de manera instantánea, mientras que Miguel Arroyo, de 39 años, luchó por su vida casi un mes hasta que finalmente se produjo su deceso en los primeros días de marzo.

Conforme a la acusación, Jeremías Ramírez, de 20 años, conducía a excesiva velocidad (más de 112 km/h) cuando chocó su camioneta contra otros tres automóviles. Como consecuencia del impacto, Carmen Montes murió en el acto y cinco personas resultaron heridas de diferente consideración, entre ellas Miguel Arroyo, quien falleció tras permanecer inconsciente un mes en terapia intensiva, donde había ingresado tras el accidente. Este deceso había provocado el primer cambio de carátula por la de «Doble homicidio culposo agravado».

La pena en expectativa por ambas muertes va desde los tres años de mínima a los 25 años de máxima, porque los familiares de Miguel Arroyo, constituidos en particular damnificado a través de su abogado, mantienen una acusación por dolo eventual, que tiene la misma pena que el dolo directo (de 8 a 25 años). La condena que recaiga sería de cumplimiento efectivo si fuese superior a los tres años.

Las familias de las víctimas habían manifestado su temor de que las innumerables demoras en la realización del debate llevaran a la prescripción de la causa por el paso del tiempo y se vea frustrada la obtención de justicia.

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