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miércoles, diciembre 11, 2024
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LO QUE DEBEN SABER LAS MÁS DE 2000 PERSONAS DE SAN NICOLÁS ALCANZADAS POR LA LEY DE MORATORIA PREVISIONAL

ANSES

La normativa todavía no fue publicada en el Boletín Oficial. A partir del momento en que ello ocurra, correrá un período de hasta 90 días en el cual deberán aprobarse las reglamentaciones necesarias para poner el sistema en marcha. Por eso, el plan todavía no está operativo. Son 2179 las personas de San Nicolás que podrán percibir un haber.

De la redacción de EL NORTE
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La Cámara de Diputados aprobó finalmente el Plan de Pago de Deuda Previsional. De esa forma, quienes se encuentren en edad, pero no reúnan los 30 años de aportes mínimos requeridos, podrán acceder de igual manera a la jubilación brindada por la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES). En San Nicolás son 2179 personas las que estaban aguardando que el proyecto se convirtiese en ley.

La iniciativa habilita a mujeres de 60 años y hombres de 65 años a regularizar los periodos faltantes a través de «Unidades de Cancelación de Aportes», equivalentes a un mes de servicio.

El Plan de Pago de Deuda Previsional prevé la regularización de deuda de aportes previsionales, hasta diciembre de 2008, que registren aquellas personas que deseen acceder a la prestación. Se brindará a través de un sistema de 120 cuotas, cuyos montos serán descontados, de forma directa, de los mismos haberes.

Por otro lado, quienes estén próximas a jubilarse, pero no tengan la cantidad de aportes solicitados, también tendrán la posibilidad de comenzar a abonar los periodos faltantes hasta diciembre de 2012.

Cabe destacar que las Unidades de Cancelación de Aportes mostrarán un valor del 29% de la base mínima imponible de la remuneración.

La ley prevé la regularización de deuda de aportes previsionales, hasta diciembre de 2008, que registren aquellas personas que deseen acceder a la prestación.

Los alcanzados

  • Hombres de 65 años o más que no posean 30 años de aportes;
  • Mujeres de 60 años o más que no cuenten con 30 años de aportes;
  • Mujeres de 50 a 59 años, en situación laboral, que no lleguen a los 30 años de aportes,
  • Hombres de 55 a 64 años, en trabajo activo, que no alcancen los 30 años de aportes.
    La normativa entrará en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial (aún no fue publicada). Desde esa fecha, correrá un período de 90 días en el cual se deberán aprobar las reglamentaciones necesarias para avanzar con su operación.

Personas activas

La ley crea también la “Unidad de cancelación de aportes previsionales para trabajadores y trabajadoras en actividad”. Cada una representará un mes de contribuciones, y podrán acceder a este plan de pagos las mujeres de entre 50 y 59 años y los varones de entre 55 y 64 años. En este caso no se fija un plazo determinado para la adhesión.

Un requisito es que el solicitante no haya estado trabajando de manera registrada –ni como dependiente, ni como autónomo ni como monotributista– en los meses declarados como adeudados. Además, la ley indica que se deberá acreditar que se tienen ingresos para pagar el valor de las unidades de cancelación.

Este plan no permitirá la jubilación inmediata, sino que las personas deberán esperar, para solicitar el beneficio, a cumplir la edad requerida (60 y 65 años, mujeres y varones). Pero permitirá ir saldando previamente obligaciones no cumplidas en su momento, para llegar a la edad de retiro en condiciones o con mayores chances de estar en condiciones de pedir la jubilación.

Los períodos por los cuales se declaren deudas deben ser anteriores al 31 de marzo de 2012, según expresa un artículo de la ley. Por los meses por los que se declara la deuda no debe haber contribuciones efectivas.