Ley de Propiedad Privada: las claves del acuerdo en el Senado

El oficialismo acelera la Ley de Propiedad Privada en el Senado

Debate en el Senado sobre la Ley de Propiedad Privada

NewsITe

El Senado de la Nación se prepara para debatir un proyecto clave de Ley de Propiedad Privada impulsado por el oficialismo, que busca introducir cambios profundos en materia de tenencia de tierras, desalojos y expropiaciones. La Libertad Avanza (LLA), fuerza que conduce políticamente Patricia Bullrich, negoció con bloques opositores dialoguistas una serie de modificaciones para garantizar los votos necesarios y habilitar el tratamiento en la sesión ordinaria del 4 de junio.

El texto, diseñado originalmente por el ministro de Desregulación, Federico Sturzenegger, avanzaba sobre múltiples frentes. Sin embargo, para destrabar apoyos se resolvió suprimir el capítulo que modificaba la ley de barrios populares y se incorporaron precisiones sobre el registro de terrenos, la compra de tierras por parte de extranjeros y los plazos para desalojos, especialmente en los casos de inquilinos morosos.

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El oficialismo llega al recinto con apenas 21 senadores propios y necesita, como mínimo, 37 votos para aprobar el proyecto. En paralelo, en la misma sesión se buscará avanzar con la autorización para que el Gobierno pague a los denominados fondos buitre, cuyo acuerdo conciliatorio vence el 30 de junio. Fuentes parlamentarias señalan que ambos expedientes son considerados prioritarios por la Casa Rosada.

Tierras en manos extranjeras: qué cambia con el proyecto

Uno de los puntos más sensibles del dictamen es el referido a la ley de Tierras. El proyecto elimina los topes vigentes para la adquisición de tierras rurales por parte de empresarios extranjeros, aunque tras las objeciones opositoras se estableció que serán las provincias las que mantengan la potestad de autorizar o rechazar cada operación.

El esquema respeta el principio de jurisdicción plena de cada provincia sobre su territorio, según marca la Constitución Nacional. A la vez, fija un límite explícito: se prohíbe la compra de tierras por parte de Estados extranjeros, sociedades en las que un Estado extranjero tenga participación en el capital o en la toma de decisiones, y fondos fiduciarios integrados total o mayoritariamente por bienes o recursos de origen estatal extranjero.

De esta manera, el oficialismo intenta enviar una señal de apertura a las inversiones privadas del exterior, al tiempo que busca despejar temores en torno a una eventual adquisición directa de tierras estratégicas por parte de gobiernos extranjeros o vehículos financieros vinculados a ellos.

Desalojos exprés, inquilinos y usurpaciones

Otro eje central del debate se concentra en los mecanismos de desalojo. El proyecto establece un procedimiento sumarísimo para los casos de inmuebles usurpados: cuando se acredite la ocupación ilegal, el desalojo podrá tramitarse de manera acelerada, bajo la figura de desalojo “exprés”. Con esto, el Gobierno apunta a reforzar la protección de la propiedad privada frente a tomas de terrenos y viviendas.

En contraste, el tratamiento para los inquilinos con atrasos en el pago se flexibiliza respecto de la versión original. Mientras el borrador del Ejecutivo establecía un plazo de cinco días para intimar al moroso, el dictamen acordado extiende ese período a 10 días. Si no se regulariza la situación, el locador podrá iniciar la acción judicial de desalojo, que deberá tramitarse por el procedimiento más breve previsto por la ley, estimado también en 10 días hábiles.

La notificación de la intimación se considerará válida cuando se realice en el domicilio declarado por el locatario en el contrato, ya sea físico o electrónico, aun si el inquilino se niega a recibirla o ésta no pudiera concretarse por motivos que le sean imputables. Con ello, el proyecto busca reducir maniobras dilatorias sin equiparar a los inquilinos con los usurpadores.

Expropiaciones y nuevos límites a las indemnizaciones

El capítulo sobre expropiaciones también fue objeto de ajustes. El dictamen dispone que la declaración de “utilidad pública”, condición necesaria para que el Estado pueda expropiar un bien, debe interpretarse de manera restrictiva y debidamente fundamentada. El objetivo, según señalan en el oficialismo, es acotar la discrecionalidad estatal y brindar mayor previsibilidad jurídica.

Asimismo, se fija un tope del 30% para la indemnización en concepto de lucro cesante, es decir, la ganancia que el propietario deja de percibir por la expropiación. En el proyecto original no se establecía un porcentaje máximo, lo que abría la puerta a reclamos más amplios. En cuanto a la actualización de los montos, se determina que la tasa de interés a aplicar será la combinada entre el índice de precios al consumidor (IPC) y la tasa del Banco Nación a 30 días.

Con estas modificaciones, el oficialismo apuesta a construir una mayoría circunstancial que le permita avanzar con una agenda que considera central: reforzar el principio de inviolabilidad de la propiedad privada, flexibilizar el ingreso de capitales extranjeros al mercado de tierras y, al mismo tiempo, marcar límites al poder de expropiación del Estado. El desenlace del debate en el Senado terminará de definir el alcance real de estos cambios.

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