La Cámara de Apelaciones en lo Penal le otorgó el beneficio de prisión domiciliaria a Marcelo Fabián Nuciari. El hombre había sido condenado en junio pasado por “Abuso sexual gravemente ultrajante” en perjuicio de una víctima de corta edad.
De la redacción de EL NORTE
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Marcelo Fabián Nuciari había sido condenado en junio pasado por el juez del Tribunal en lo Criminal N°1 presidido por el magistrado Cristian Ramos por el delito de “Abuso sexual gravemente ultrajante”.
Los aberrantes hechos que lo llevaron al banquillo de los acusados ocurrieron cuando la víctima tenía 7 años y se prolongaron hasta que cumplió los 15. La justicia consideró probados los hechos y lo sentenciaron a 7 años de prisión.
Nuciari llegó al juicio en libertad y fue detenido apenas se dictó veredicto. La defensa había recurrido a la Cámara ante la negativa al pedido de prisión domiciliaria.
El Tribunal de alzada, integrado por los jueces Guillermo Martínez y Alfredo Alomar, decidió este lunes otorgarle el beneficio por considerar que no existe peligro de fuga y porque el imputado siempre “se mantuvo a derecho”. Entre las consideraciones, el Juez Guillermo Martínez manifiesta que la sentencia aún no está firme luego de 9 años de transcurrido el proceso.
Por ello los jueces Martínez y Alomar revocaron el pronunciamiento de la instancia de grado. “La revocación de aquella decisión se debe al convencimiento de que las condiciones personales en el informe socio ambiental referentes a su situación social, cultural, económica, laboral y de las que se permita deducir su sometimiento a la persecución penal, imponen una conclusión diferente a la que se impuso en la instancia de grado; es decir debió el juez de grado valorar para la procedencia de la aplicación de una medida menos gravosa, la información del imputado que permita establecer su forma y medio de vida, la circunstancia de contar con trabajo estable”. Tras la decisión, utilizaron el medio coercitivo menos gravoso.
Tras la decisión de la Cámara Marcelo Nuciari transitará la condena en su domicilio y deberá cumplir con las restricciones impuestas por el Tribunal.