La norma, que había sido aprobada por unanimidad por el Concejo Deliberante, también obliga a hacerse cargo de su transporte y destino final.
La Municipalidad de La Plata promulgó una ordenanza que obliga a los grandes generadores de basura del distrito a separar sus residuos y hacerse cargo de su transporte y destino final. La Ordenanza N° 12.590, que fue aprobada por unanimidad por el Concejo Deliberante, fue publicada en el Boletín Oficial y establece un “Registro de Grandes Generadores de Residuos Sólidos Urbanos”.
De acuerdo con el sitio 0221.com.ar, en su artículo 1 la norma consigna que “los grandes generadores de residuos domiciliario y/o residuos industriales no especiales ubicados en el partido de La Plata deberán implementar un Plan de Gestión Integral de los Residuos Sólidos Urbanos, debiendo para ello, de forma prioritaria, realizar la separación en origen, la recolección diferenciada y el tratamiento de los residuos reciclables en destinos sustentables habilitados conforme lo establece la Resolución 44/2021 y/o 367/10 del Ministerio de la provincia de Buenos Aires”.
De acuerdo con el texto, todos los sectores comprendidos deberán anotarse en el registro y la inscripción se realizará en carácter de declaración jurada. Dicha inscripción deberá realizarse en un plazo no mayor a sesenta días corridos desde la publicación de la norma. La autoridad de aplicación será la Secretaría de Ambiente local.
Esta ordenanza alcanza a las instituciones y actividades que generan más de 20 kilos o 2 mil mililitros de residuos por día en La Plata, estableciendo nuevas obligaciones en cuanto a la separación, recolección diferenciada y tratamiento de los residuos reciclables en destinos sustentables. Quienes incumplan con la disposición estarán sujetos a multas de entre 1 mil y 3 mil módulos municipales.
Entre los alcanzados por la normativa están los clubes de campo y barrios cerrados; hoteles; shopping y galerías comerciales; empresas de servicio y centros de distribución; bancos, entidades financieras y aseguradoras; hipermercados y supermercados; cadenas de locales de comidas rápidas; establecimientos industriales; dependencias municipales.
De acuerdo con 0221, la anterior resolución de 2013 solo obligaba a las urbanizaciones radicadas en la Región Metropolitana de Buenos Aires y apenas alrededor de un 10% se encontraba inscripta en el Ministerio provincial.