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domingo, diciembre 15, 2024
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La Legislatura porteña prohibió por ley el ingreso de deudores alimentarios a estadios y espectáculos masivos

LAS ACCIONES SE SUMAN A OTRAS RESTRICCIONES ESTABLECIDAS CON ANTERIORIDAD

La Legislatura porteña modificó el jueves pasado, la ley 269 de Registro de deudores alimentarios para que esas personas no puedan acceder a eventos deportivos y culturales masivos. Así, se establecieron ´sanciones más estrictas y mecanismos más eficientes para combatir la morosidad alimentaria, consolidando a la Ciudad de Buenos Aires como referente en la protección de los derechos de niños, niñas y adolescentes´, marcaron desde el organismo.

De la Redacción de EL NORTE
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En el marco del 25° aniversario del Registro Público de Alimentantes Morosos, la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires aprobó una reforma a la ley Nº 269, en la que se destacan ´la implementación de nuevas herramientas de control, la sensibilización sobre la responsabilidad alimentaria y la aplicación de mecanismos más ágiles para la ejecución de deudas alimentarias´.

Las personas inscriptas por orden judicial en el Registro Público de Alimentantes Morosos enfrentarán restricciones y sanciones más significativas con el objetivo de reforzar el cumplimiento de sus obligaciones. De esta forma, no podrán obtener licencias de conducir definitivas, acceder a cargos jerárquicos, postularse a cargos electivos en la Ciudad, realizar operaciones notariales sobre bienes inmuebles o muebles registrables, ni asistir a eventos masivos, como partidos de fútbol o recitales con más de 5.000 personas.

Nuevos puntos

Con 48 votos afirmativos y 7 negativos, fue aprobada la modificación a la Ley N° 269 de Deudores Alimentarios, ahora denominada “Registro Público de Alimentantes Morosos”. Con las modificaciones, se establece que los alimentantes morosos no podrán ingresar a espectáculos deportivos ni eventos culturales masivos que requieran controles estatales; que el registro tendrá funciones de difusión y concientización sobre los derechos alimentarios; que se reducirá el plazo para registrar deudas: ahora será suficiente adeudar dos cuotas consecutivas o alternadas en un mismo año calendario; y que las instituciones deben informar al Registro sobre cambios laborales o contractuales de los alimentantes morosos, garantizando un seguimiento efectivo.

Así, otra de las novedades es ´la introducción de la figura de la responsabilidad solidaria para los empleadores que omitan informar sobre relaciones laborales con personas incluidas en el Registro, lo que garantizará una mayor eficacia en el cumplimiento en el cobro de las deudas alimentarias´.