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miércoles, noviembre 20, 2024
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La Justicia Federal definió que los medicamentos solo se podrán comprar en farmacias

EN EL COLEGIO LOCAL CELEBRARON EL FALLO Y ADVIERTEN QUE EL DNU PROPONÍA “UNA ABERRACIÓN”

Lo resolvió un juzgado federal de Mendoza, luego de un reclamo del Colegio de Farmacéuticos de esa provincia. Nicolás Troffe, coordinador de la Comisión Directiva del Colegio de Farmacéuticos de San Nicolás, celebró el fallo y destacó que “querían habilitar la venta de los medicamentos de venta libre fuera de las farmacias, algo que es una aberración”.

La Justicia Federal definió que los medicamentos solo se podrán comprar en farmacias
El fallo de la Justicia Federal suspendió los artículos 313 y 317 del megadecreto que firmó en diciembre el presidente Javier Milei. ARCHIVO / EL NORTE

De la redacción de EL NORTE
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El Juzgado Federal N° 2 de Mendoza le dio un nuevo revés al mega DNU dictado por Javier Milei en el inicio de su gobierno. En un importante fallo, definió que los medicamentos solo se podrán comprar en las farmacias, al rechazar dos artículos que permitía el expendio de remedios de venta libre fuera de los locales especializados.

El fallo, en concreto, suspendió así los artículos 313 y 317 del megadecreto que firmó en diciembre el presidente. En ese sentido, el juzgado, que trataba una demanda del Colegio de Farmacéuticos de Mendoza contra el Poder Ejecutivo, declaró la inconstitucionalidad de doce artículos del DNU que desregulaban actividades del rubro, entre ellas la venta de ciertos medicamentos. El colectivo de farmacéuticos había alegado que la desregulación provocada por el decreto afectaba puestos de trabajo y también derechos laborales, sanitarios y sindicales.

Al respecto, EL NORTE consultó sobre el tema al farmacéutico y coordinador de la Comisión Directiva del Colegio de Farmacéuticos de San Nicolás, Nicolás Troffe, quien sostuvo que “el DNU atentaba contra el ejercicio de nuestra profesión porque derogaba artículos de las leyes nacionales que afectaban el desempeño de los farmacéuticos o el perfil que deben tener las farmacias”.

Sin control

Además, agregó que “permitía que los medicamentos de venta libre salgan de la órbita y control de las farmacias, para poder expenderse en kioscos, supermercados o estaciones de servicio” y que “las modificaciones que planteaba el DNU perjudicaban a la salud de la población ya que quedaban desamparados de la profesionalidad de un farmacéutico”.

“El rol del farmacéutico no se limita a la venta de medicamentos”, afirma el fallo de la Justicia Federal, que califica la actividad de los farmacéuticos como “fundamentales para la protección del derecho a la salud en su dimensión colectiva”.

De esta manera, la cautelar restituye la plena vigencia del artículo 1 de la Ley 17.565, de 1967, que en uno de sus párrafos restringía a esos comercios especializados la venta de medicamentos de expendio libre.

Troffe destacó que “querían habilitar la venta de los medicamentos de ´venta libre´ fuera de las farmacias, algo que es una aberración” y en este sentido, explicó que “de venta libre significa que no es obligación una receta para comprarlo, pero igualmente debe ser vendido en una farmacia”.

En un primer momento, el decreto -que eliminaba aquel párrafo de la normativa original- comprendía que el expendio de todos los medicamentos de venta libre quedara abierto a otros establecimientos, como los kioscos. Sin embargo, la reglamentación del DNU restringió esa posibilidad a los analgésicos y antiácidos.

“El fallo que da lugar a lo presentado por el Colegio de Mendoza, consideramos que es lo que corresponde, porque abogamos por el ejercicio farmacéutico en la venta de cualquier tipo de medicamentos”, mencionó Nicolás Troffe. A la vez, destacó que “ese apartado del DNU era un avasallamiento a la profesión farmacéutica y le quitaba su dignidad como parte del equipo de salud”.

OMS

La sentencia recordó, asimismo, que la Organización Mundial de la Salud (OMS) respalda la actividad farmacéutica con “personal capacitado en el tema, capaz de informar y asesorar sobre su uso seguro y eficaz, y que los mismos hayan pasado por los controles necesarios”. En esa línea, Troffe destacó que “las modificaciones que planteaba el DNU perjudicaban la salud de la población ya que quedaban desamparados de la profesionalidad de un farmacéutico”.

Por otra parte, el profesional remarcó que “la provincia de Buenos Aires ya cuenta con su ley, que no se modifica” y agregó que los medicamentos “no se pueden vender fuera de una farmacia por más que sean de ‘venta libre’”. “Uno puede encontrar un kiosco, un supermercado que ofrecen una Buscapina, por ejemplo, pero es ilegal. Durante mucho tiempo lo perseguimos, incluso hubo sanciones económicas para algunos comercios”, indicó.