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San Nicolás de los Arroyos
viernes, octubre 18, 2024
Edición Diaria
Edición N°

LA FISCAL VIVIANI REPASÓ SU ACTUACIÓN EN LA CAUSA CONTRA CAMIONEROS

Al cabo de un intenso fin de semana que se inició con la detención de los sindicalistas Maximiliano Cabaleyro y Fernando Espíndola, y que continuó con un paro del Sindicato de Camioneros que complicó a San Nicolás y que puso a la ciudad en el centro de la escena periodística y política, hace instantes dio a conocer un comunicado de prensa la Dra. María del Valle Viviani.

Se trata de la fiscal al frente de la UFI Nº7 de San Pedro que investigó las denuncias de “extorsión” de la empresa Rey Distribución SRL y que logró que la jueza María Eugenia Maiztegui ordene las detenciones de los dirigentes gremiales Cabaleyro y Espíndola.   

“En fecha 15/01/2021 recepcioné una denuncia por parte de Gustavo Rey, uno de los dueños de la Distribuidora Rey SRL […], con motivo de que su empresa se encontraba bloqueada por sindicalistas del gremio de Camioneros y trabajadores nucleados. Que dicho bloqueo duró una jornada laboral, pero además se denunció que existían amenazas por parte de los sindicalistas  de la exigencia de pagos extorsivos por la módica suma de pesos 20.000 o suma equivalente a un sueldo de empleado, para trabajar tranquilos y sin inconveniente. Que posteriormente ante la decisión de la firma de no continuar con los pagos solicitados es que la empresa es bloqueada nuevamente el día 22/01/22  por 4 días, impidiendo la actividad comercial, radicando nuevamente la denuncia”, recapituló la fiscal.



También refirió que “ante estos acontecimientos denunciados el Ministerio Público Fiscal con el único interés de actuar con objetividad para el esclarecimiento de los hechos y garantizar el debido proceso y la tutela judicial efectiva de todos los derechos en juego di curso a la investigación, recepcioné declaraciones testimoniales a la familia Rey; escuché a testigos de los hechos y a los policías que intervinieron en dicho bloqueo ante el requerimiento por parte de las víctimas, se recabó testimonios de los vecinos del lugar, se escucharon y analizaron los audios de conversaciones telefónicas, entre la víctima y los denunciados, se  observó los videos aportados; con intervención de la Policía de Investigaciones se  identificaron correctamente las personas que participaron en el reclamo laboral y a quien pertenecía el motor-home utilizado para bloquear la empresa, se ofició al Ministerio de Trabajo, se realizó pericia caligráfica de los documentos de interés”.

“Luego de un examen de las prueba recolectadas –continuá recapitulando el comunicado de Viviani–, me llevaron a concluir que ningún derecho pude ejercerse abusivamente, dado que la ley no los considera absolutos ni mucho menos ampara las demandas violentas, no existe norma alguna de la República Argentina que autorice las conductas coactivas que son objeto de análisis en este proceso no siendo admisibles limitar el evento a un mero reclamo gremial que perjudica otros derechos también amparados por le Ley Suprema de la Nación y protegidos por la Ley Penal”.

La fiscal ratificó que “existió una afectación al movimiento ordinario de la empresa, con una clara actitud de presión, para lograr que la empresa acceda a sus reclamos”, y que “en dichos comportamientos se cometieron conducta tipificadas por la Ley Penal”.



“Con lo cual, este Ministerio Público Fiscal en cumplimiento de sus obligaciones ante una conducta tipificada por el Código Penal y ante la gravedad de los delitos cometidos solicitó la detención de los miembros del Sindicato, Maximiliano Emanuel Cabaleyro y Fernando Espíndola, en razón de que he encontrado elementos suficientes e indicios vehementes de la comisión del Delitos de ‘Turbación de la posesión en concurso ideal con coacción’ (dos hechos), ‘Extorsión’ , ‘Extorsión en grado de Tentativa’ y ‘Coacción’, todos ellos en concurso real”, señaló la agente fiscal.

También recordó Viviani que al tipo de los delitos denunciados e investigados (y considerados probados por el Ministerio Público Fiscal) corresponden penas en expectativa que oscilan entre los cinco años y los veinticinco años de prisión, de cumplimiento efectivo.



“El pedido de detención fue avalado por la Jueza de Garantía en lo Penal María Eugenia Maiztegui y ratificado por el órgano de segunda instancia la Cámara de Apelaciones y Garantías en lo Penal del Departamento Judicial San Nicolás que, como órgano revisor, ratificó las órdenes de detención concedidas por la jueza, avalando ello la resolución judicial de primera instancia”, concluyó la fiscal María del Valle Viviani.

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