La Corte rechazó un pedido clave de Martín Báez

La Corte le cerró la puerta a un nuevo reclamo por la “ruta del dinero K”

Fachada de la Corte Suprema de Justicia de la Nación

NewsITe

La Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazó por inadmisible un planteo presentado por la defensa de Martín Báez, hijo del empresario Lázaro Báez, en el marco de la causa por lavado de dinero conocida como la “ruta del dinero K”. El intento buscaba que se computara como parte de la pena el período en el que el condenado permaneció en libertad condicional antes de que la sentencia quedara firme.

El reclamo había sido articulado tras la decisión del Tribunal Oral en lo Criminal Federal (TOF) N° 4 de convertir, en junio de 2025, la excarcelación de Báez en libertad condicional, luego de que la Corte dejara firme la condena dictada en su contra. La defensa sostuvo que durante esos dos años Martín Báez no habría gozado de una libertad plena, por lo que ese tiempo debía considerarse como pena cumplida.

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El planteo fue rechazado en todas las instancias. En primer término, el TOF 4 desestimó el pedido de cómputo de la defensa. Luego, la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal declaró inadmisible el recurso, al considerar que no se configuraban los supuestos necesarios para revisar lo resuelto por el tribunal oral.

Frente a esa negativa, los abogados de Báez acudieron a la Corte Suprema mediante un recurso de queja. El máximo tribunal, con las firmas de los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, aplicó el artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación y desestimó la presentación por considerar que el caso no reunía los requisitos para su intervención.

La condena en la “ruta del dinero K” y la situación actual

La causa conocida como “ruta del dinero K” investigó operaciones de lavado de más de 55 millones de dólares realizadas entre 2010 y 2013, vinculadas al grupo empresario encabezado por Lázaro Báez. El 26 de febrero de 2021, el TOF 4 condenó a Martín Antonio Báez a nueve años de prisión como coautor del delito de lavado de activos agravado y ordenó su detención inmediata.

Posteriormente, el 28 de febrero de 2023, la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal confirmó las maniobras de lavado, aunque revisó algunas calificaciones y penas. En el caso de Martín Báez, la condena se redujo a seis años y seis meses de prisión, lo que permitió que en junio de ese año accediera a la excarcelación bajo determinadas condiciones.

El 29 de mayo de 2025, la Corte Suprema de Justicia, con integración ampliada de conjueces, rechazó las quejas de las defensas y dejó firmes las condenas centrales del expediente. A partir de esa resolución, el TOF 4 convirtió la excarcelación de Martín Báez en libertad condicional, marcando el inicio del período que la defensa intentó que se computara como parte del cumplimiento efectivo de la pena.

Un fallo que consolida la postura de los tribunales

Con la nueva decisión, la Corte convalida lo resuelto por el tribunal oral y por Casación respecto del alcance y cómputo de la libertad condicional en el marco de condenas por delitos económicos complejos. El rechazo por vía del artículo 280 implica que el máximo tribunal no encontró gravedad institucional ni arbitrariedad manifiesta que justificaran un análisis más profundo del reclamo.

  • La defensa pretendía sumar a la pena el período pasado en libertad condicional.
  • El TOF 4 y la Cámara de Casación ya habían rechazado el planteo.
  • La Corte cerró definitivamente esa vía de revisión al declarar inadmisible la queja.

El caso Báez se mantiene como uno de los expedientes emblemáticos en materia de corrupción y lavado de activos de la última década en la Argentina.

De este modo, se consolida el cuadro de situación judicial de Martín Báez dentro de la causa “ruta del dinero K”, en la que ya no quedan instancias ordinarias para revisar ni la condena ni el modo en que se computa el cumplimiento de la pena impuesta.

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