La Anmat dispuso que todos los medicamentos tengan códigos QR en sus envases

La medida alcanza a todas las especialidades medicinales comercializadas en Argentina y busca facilitar el acceso digital a la información sanitaria.

La Anmat dispuso que todos los medicamentos tengan códigos QR en sus envases
Foto: ILUSTRACIÓN.

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) dispuso la obligatoriedad de incorporar códigos bidimensionales QR en los envases de todas las especialidades medicinales que se comercializan en Argentina. La medida fue oficializada este viernes mediante la disposición 2891 publicada en el Boletín Oficial.

La normativa alcanza a todos los medicamentos, sin distinción por origen o condición de expendio, y establece que los códigos deberán facilitar el acceso digital a prospectos e información sanitaria actualizada para pacientes y profesionales de la salud.

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Además, la Anmat prohibió expresamente el uso de los códigos QR con fines publicitarios o promocionales.

El organismo indicó que el código podrá incorporarse “de forma impresa o agregado como etiqueta con tecnología antifraude, en el envase secundario”, es decir, en la caja o embalaje mediante el cual se comercializa el producto. También aclaró que podrá incluirse, de manera opcional, en el envase primario, que es el que está en contacto directo con el medicamento.

Según la disposición, los códigos QR permitirán acceder en formato digital al prospecto vigente aprobado por la Anmat y a información destinada tanto a profesionales de la salud como a pacientes, con el objetivo de evitar la circulación de materiales desactualizados y “fortaleciendo la seguridad del paciente”.

La resolución establece que los códigos “deberán generarse conforme a estándares internacionales, tales como GS1, garantizando su unicidad, interoperabilidad y trazabilidad”.

La Anmat otorgó un plazo de seis meses desde la entrada en vigencia de la norma para que los titulares de registros generen la totalidad de los códigos QR correspondientes. Asimismo, indicó que “la implementación física en los envases deberá realizarse de manera progresiva, conforme a un cronograma de adecuación que contemple el agotamiento del stock existente”.

Otro de los puntos centrales de la disposición es que el acceso digital deberá remitir exclusivamente a prospectos aprobados e información sanitaria. La normativa prohíbe vincular los códigos QR a contenidos promocionales, publicitarios o de otra naturaleza.

Además, cada titular de registro será responsable de la correcta generación y funcionamiento del código, así como de la actualización permanente, disponibilidad y veracidad de la información digital disponible mediante el escaneo.

La disposición también establece que el repositorio digital donde se aloje la información quedará bajo responsabilidad exclusiva del titular del registro, quien deberá garantizar la actualización en tiempo real y la protección de los datos.

Con la entrada en vigencia de esta normativa quedó derogada la disposición 3294/2025, que regulaba la incorporación de códigos QR únicamente para medicamentos de origen sintético o semisintético.

Pese a la implementación del sistema digital, la resolución mantiene la obligatoriedad de los prospectos impresos para garantizar el acceso a la información a quienes no utilicen dispositivos móviles.

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