Jubilados y pensionados con haberes mínimos tienen el derecho de recibir un reintegro del 15% del monto total de todas las compras que realicen con las tarjetas de débito que estén vinculadas con la cuenta en la que reciben sus haberes, en comercios minoristas o mayoristas de todo el país.

El mecanismo contempla una suma de hasta $1.200 mensuales por beneficiario, monto que asciende hasta los $2.400 para aquellas personas que perciban hasta una pensión por fallecimiento.
El monto a reintegrar se acreditará dentro de las 24 y 48 horas hábiles posteriores a efectuada la compra en la cuenta donde la persona percibe sus haberes.
Para acceder al reintegro es necesario utilizar la tarjeta de débito donde se cobra la jubilación o la asignación. El beneficio se podrá ver en el resumen como “Reintegro ley de Solidaridad Social 27541″.
Además de jubilados y pensionados, pueden ser beneficiarios titulares de Asignación Universales por Hijo (AUH), Asignación por embarazo para protección social, pensión por fallecimiento y pensiones no contributivas nacionales que no excedan la mínima.
Para consultar si una persona es beneficiaria del reintegro, se debe ingresar el CUIL en la página oficial de AFIP.

