YOHANA MONTIEL: “CON LA LEY NO PODRÁ HABER MOTIVOS PARA NEGARSE A EMPLEAR A UNA PERSONA TRAVESTI TRANS”

EL PROYECTO DE CUPO LABORAL TRANS/TRAVESTI LOGRÓ MEDIA SANCIÓN EN DIPUTADOS

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“Estamos muy felices, con esperanza de poder entrar a un trabajo registrado. Pedimos igualdad, mismos derechos”, destacó a EL NORTE Yohana Montiel desde ATTTA.  La Ley de Promoción del Acceso al Empleo Formal para Personas Travestis, Transexuales y Transgénero obtuvo el jueves media sanción en la Cámara de Diputados y pasa a la Cámara de Senadores.

El colectivo “tiene una expectativa de vida de entre 35 y 40 años de edad como consecuencia de la vulneración sistemática de sus derechos fundamentales”. ILUSTRACIÓN WEB.

De la Redacción de EL NORTE
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La Ley de Promoción del Acceso al Empleo Formal para Personas Travestis, Transexuales y Transgénero obtuvo el jueves media sanción en la Cámara de Diputados y pasa a la Cámara de Senadores. El proyecto fue bautizado “Diana Sacayán-Lohana Berkins” en honor a quienes fueran las principales mentoras e impulsoras de estos cambios normativos que se traducen en mejores condiciones de vida para la comunidad trans/travesti.

“Desde nuestro pensamiento, desde el colectivo travesti trans nicoleño, la media sanción que logramos es algo que nos pone muy felices, muy contentes a todes, con esperanza de poder entrar a un trabajo registrado. Con la ley no podrá haber motivos para negarse a emplear a una persona travesti trans en San Nicolás. Van a tener que empezar a incorporar personal travesti trans. Tendrán que cumplir con la legislación: el uno por ciento de la planta en los sectores públicos. Esperamos que los privados también nos tengan en cuentan”, notó en diálogo con EL NORTE la referente de la Asociación de Travestis, Transexuales y Transgéneros de Argentina (ATTTA), Yohana Montiel.

“Pedimos mismos derechos”

“Hay muches de nosotres haciendo trabajos de todo tipo, sacando el trabajo sexual. Hoy puedo decir que estoy trabajando pero no en un trabajo registrado, sino becada en los vacunatorios. Hay compañeras que tienen casas para desempeñarse en el servicio doméstico. Hay compañeras trans albañiles. No saben lo que es tener una mutual, acceso a la salud, sin que les juzguen. Ojalá que pronto sea ley. Veremos cómo nos empiezan a incluir los gobernantes de turno. En la votación, Cambiemos se negó a votar la media sanción. Queremos trabajar, no pedimos que nos regalen nada. Agradecemos el salario complementario, porque ayuda, pero no se puede vivir con eso, con 10 o 12 mil pesos. La pandemia agravó las situaciones, y las excusas. Hay compañeres a los que les dan un bolsón de alimento a modo de limosna. Pedimos igualdad, mismos derechos, que todes miremos para el mismo lado”, analizó.

Herramientas

El proyecto se complementa con el DNU 721/20 que firmó el presidente Alberto Fernández en septiembre de 2020 y que estableció el cupo laboral trans/travesti en el sector público –del cual el INADI es organismo de implementación– y plantea que “el Estado nacional, comprendiendo los tres poderes que lo integran, los Ministerios Públicos, los organismos descentralizados o autárquicos, los entes públicos no estatales, las empresas y sociedades del Estado, debe ocupar en una proporción no inferior al 1% de la totalidad de su personal con personas travestis, transexuales y transgénero”.

El proyecto ahora aprobado con media sanción incluye herramientas para trabajar en la igualdad real para la comunidad trans/travesti:

Debe procurarse que la inclusión laboral de las personas travestis, transexuales y transgénero, de acuerdo con lo establecido en el artículo 5°, se refleje en todos los organismos obligados, asegurando asimismo una aplicación federal en cuanto a la distribución geográfica de los puestos laborales que se cubran.
Los organismos comprendidos deben promover acciones tendientes a la sensibilización con perspectiva de género y de diversidad sexual en los ámbitos laborales, con el fin de una efectiva integración de las personas travestis, transexuales y transgénero en los puestos de trabajo.
El Estado nacional debe priorizar, a igual costo y en la forma que establezca la reglamentación, las compras de insumos y provisiones a personas jurídicas o humanas del ámbito privado que incluyan en su planta laboral a personas travestis, transexuales y transgénero.
Las contribuciones patronales que se generan por la contratación de las personas beneficiarias de la potencial Ley podrán tomarse como pago a cuenta de impuestos nacionales.
El Banco de la Nación de la República Argentina debe promover líneas de crédito con tasa preferencial para el financiamiento de emprendimientos productivos, comerciales y/o de servicios, individuales o asociativos, destinados específicamente a personas solicitantes travestis, transexuales y transgénero.

Principios de no discriminación

Además del cupo y los incentivos para el sector privado, el proyecto incorpora una serie de principios de “no discriminación” que serán obligaciones del Estado. En principio, se establece que, para acceder a los puestos laborales, “el requisito de terminalidad educativa no puede resultar un obstáculo”. Si las personas aspirantes no completaron la escolaridad, “se permitirá su ingreso con la condición de cursar el o los niveles educativos requeridos”, y será el Estado quien deba garantizar los medios para que esto se cumpla.

Según se lee en el artículo 7 del proyecto, tampoco podrán ser considerados para el ingreso los antecedentes contravencionales de la persona postulante, mientras que los antecedentes penales “que resulten irrelevantes para el acceso al puesto laboral no podrán representar un obstáculo para el ingreso y permanencia en el empleo considerando la particular situación de vulnerabilidad de este colectivo”.

Desde la Campaña Nacional por el Cupo y la Inclusión Laboral Travesti Trans celebraron la media sanción y recordaron que el colectivo “tiene una expectativa de vida de entre 35 y 40 años de edad como consecuencia de la vulneración sistemática de sus derechos fundamentales, comenzando por su exclusión estructural del mercado laboral formal”.

EPIGRAFE. El colectivo “tiene una expectativa de vida de entre 35 y 40 años de edad como consecuencia de la vulneración sistemática de sus derechos fundamentales”. ILUSTRACIÓN WEB.