“Nos notificaron una nueva derrota del cura”, valoraron las familias de los niños y las niñas abusados en el Jardín Belén de la ciudad de San Pedro, en el año 2017. El sacerdote Tulio Matiussi –condenado al igual que el portero Anselmo Ojeda por tales hechos- recibió esta semana el rechazo del pedido de libertad hasta que la condena quede firme. Además, su defensa solicitó la nulidad del juicio por entender que el Tribunal fue parcial a la hora de juzgar; también fue denegado por la Justicia.
Carolina Mitriani
[email protected]
El 24 de mayo de este año, en la sala del Tribunal Oral y Criminal número 2 de San Nicolás, las juezas María Elena Baquedano y Belén Ocáriz, junto al juez Alejandro López, señalaron tras extensas jornadas de audiencias la conclusión judicial sobre la causa por abusos en el Jardín Belén. La institución sampedrina y la Parroquia San Roque, contigua a ella, fueron los escenarios de abusos sexuales infantiles. En la sentencia se determinó que la comisión de estos delitos fue llevada a cabo por el sacerdote Tulio Matiussi y el portero Anselmo Ojeda. Ante esta determinación, los defensores del religioso presentaron distintos recursos para que el cumplimiento de la sentencia firme no tenga lugar.
Notificados
“Esta semana tuvimos varias novedades. Tienen que ver con que estuvieron presentando varios escritos”, resaltó a EL NORTE Carla Vitale, una de las mamás denunciantes en la causa, agregando: “Nos notificaron una nueva derrota del cura. Habían pedido un habeas corpus para que ande libremente”.
El Dr. Ariel Fusco –letrado representante de las familias de los niños y las niñas víctimas- explicó en diálogo con este medio que la defensa del Matiussi –conformada por los Dres. Juan Carlos Marchetti y Gustavo Moreno- “se había disconformado con la sentencia que le habían dejado con una prisión domiciliaria, con monitoreo electrónico”, por lo que “pretendían que siga con una libertad plena, como antes, porque entendían que no existían riesgos procesales. Terminaron con un habeas corpus y el Tribunal se lo rechazó”. Esta medida fue considerada por el Tribunal de Casación Penal, Sala 1, con asiento en La Plata, con la presidencia a cargo del Dr. Ricardo Ramón Maidana y la vicepresidencia del Dr. Daniel Alfredo Carral. Tulio llegó al juicio en libertad; sólo había pasado 4 meses de prisión preventiva en la unidad penal.
Otra resolución que ya cuenta con la negativa, tanto para Matiussi como para Ojeda, está enmarcada en el rechazo del pedido de nulidad del juicio. Este recurso fue antepuesto al considerar la defensa del sacerdote que las dos juezas y el juez estaban juzgando los hechos desde una óptica poco profesional. A lo largo del proceso, el abogado Marchetti acusó en reiteradas ocasiones que los representantes de la Justicia utilizaron “formas y modos desde abril que nos dan la certeza de la parcialidad”. También estuvo señalada por la defensa la actuación de los representantes del Ministerio Público Fiscal que diligenciaron la investigación, el Dr. Hernán Granda y la Dra. Franca Padulo, tematizada en abusos sexuales, quien se sumó a la causa por su larga trayectoria en la especialidad. El abogado del religioso integrante de la Diócesis de San Nicolás, señaló en alegatos que “su hilo de investigación estaba direccionado”.
Sentenciados
El Tribunal se expidió en mayo encontrando culpables al sacerdote y al portero del Jardín Belén del delito de abuso sexual simple, reiterados, sobre cinco infantes, agravado por su condición de guarda de los niños y niñas, que resultaron 5 entre los denunciantes, aunque la fiscalía que guió la investigación presume que podrían haber sido más. Ojeda y Matiussi deberán afrontar la pena de 15 años de prisión efectiva. La decisión del TOC fue hasta que se efectivice la sentencia (algo que suele demorar hasta un año y medio) ambos transiten este período con arresto domiciliario, bajo vigilancia a través del sistema de tobillera electrónica. Cabe recordar que la preceptora María Luján Rubíes fue absuelta de la causa, al considerarse insuficiente el material probatorio que la incriminara al punto de justificar una sentencia en su contra.
Los niños y las niñas que resultaron víctimas de los actos mencionados tenían entre 3 y 5 años en aquel momento. Presentaron señales de diversas formas –psíquicas y físicas- que despertaron las sospechas de sus progenitores y allegados. Ante el alerta, estos se organizaron para poder clarificar la situación y brindar contención profesional a los pequeños. Allí surgieron los primeros pasos firmes que condujeron a la condena de Matiussi y Ojeda.