INAUGURARON UN LACTARIO EN EL PODER JUDICIAL DE SAN NICOLÁS

Se realizó luego de gestiones de la Asociación Judicial Bonaerense. “Estamos buscando un espacio para inaugurar un segundo en Tribunales. El derecho a la lactancia puede ser ejercido, además de la persona gestante, por el otro progenitor para que le dé la mamadera si le acercan al bebé. Las trabajadoras gestantes también pueden extraerse la leche y conservarla”, detalló a EL NORTE la secretaria general de la AJB Analía Maiztegui.

Tras gestiones realizadas por la Asociación Judicial Bonaerense (AJB), la Suprema Corte de Justicia provincial inauguró dos nuevos lactarios en las departamentales San Nicolás y Pergamino, para que se garanticen los derechos de las trabajadoras judiciales, personas gestantes y sus familias.

En ambos actos de apertura estuvieron la presidenta de la Suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos Aires, Dra. Hilda Kogan, y en representación de la AJB lo hicieron María Inés Giménez, secretaria adjunta; Ruth Sahonero, secretaria de Género; Roberto Cristófano, secretario de Prensa, y Julio Díaz, secretario de Interior.

También participaron de la puesta en funcionamiento de estas conquistas laborales los titulares de la AJB San Nicolás, Analía Maiztegui, y de la AJB Pergamino, Agustín Correa, entre otros dirigentes locales, además de funcionarios de la Corte, jueces de las Cámaras de cada una de las Departamentales.

Quince departamentales

“Veníamos sosteniendo esta necesidad desde la AJB, desde hace varios años mediante la Secretaría de Género. Estamos buscando un espacio para inaugurar un segundo en Tribunales. El actual se encuentra en Garibaldi 5, en un espacio cedido por la Delegación de Arquitectura de la Suprema Corte. Es una iniciativa que venimos promoviendo hace mucho para concientizar y promover la lactancia materna para aquellas trabajadoras que se reincorporan luego de la licencia por maternidad. Así se puede garantizar la lactancia. En el lactario tienen la posibilidad de que les acerquen al niño o la niña para que puedan amamantar. Asimismo, el derecho puede ser ejercido, además de la persona gestante, por el otro progenitor para que le dé la mamadera si le acercan al bebé. Las trabajadoras gestantes también pueden extraerse la leche y conservarla en lugares higiénicos y heladeras en caso de ser necesario. En una primera etapa se inauguraron tres lactarios en Dolores, San Martín y Morón. Luego, atravesados por la pandemia, la iniciativa se paró, y ahora con la nueva presidencia de Kogan se retomó. Pergamino inauguró uno al mismo tiempo que San Nicolás. De las 20 departamentales, 15 ya tenemos lactario”, explicó la referente de la AJB San Nicolás Analía Maiztegui a El NORTE.

Responsabilidades compartidas

La secretaria de Género  Ruth Sahonero recordó que estas iniciativas “se basan en las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS) y el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (Unicef), en cuanto a la importancia de la leche materna como alimentación exclusiva durante los primeros seis meses de vida del bebé, y como complementaria hasta los dos años, protegiendo así los derechos de las trabajadoras durante esta etapa”.

La Sociedad Argentina de Pediatría (SAP) destacó en un documento –al que adhirió la Defensoría del Pueblo de la Nación– que es un derecho del bebé recibir este alimento, pero que no es responsabilidad solo de la persona gestante sostener el amamantamiento. La recomendación de lactar en forma exclusiva hasta los seis meses de edad y luego complementaria con otros alimentos hasta los dos años, o más, de vida del bebé no debe asumirse como un acto que solo le incumbe a la madre, sino que involucra un compromiso del que participan y son responsables los restantes miembros del grupo familiar, del trabajo y de la sociedad toda en su conjunto.

Es fundamental la importancia del acompañamiento, tanto de la pareja, la familia y de todo el entorno, y los ámbitos de trabajo deben adecuarse y propiciar espacios que contribuyan a esta tarea.

Legislación

Existen leyes y políticas públicas en nuestro país que garantizan los derechos de las personas a amamantar y ser amamantadas, como la Ley N° 26.873 de Lactancia Materna o la ‘Ley de los 1000 días’, que ofrece acompañamiento y asistencia en el embarazo y durante los primeros tres años de vida de los niños, a todas las personas gestantes. Pese a ello, a la hora de la verdad son pocos los lugares de trabajo que cuentan con un espacio adecuado para amamantar. Muchas mujeres abandonan la lactancia exclusiva a causa de sus compromisos laborales.

En cuanto a la normativa vigente, el art. 179 de la Ley N° 20.744 de Contrato de Trabajo establece que ‘toda trabajadora que amamanta podrá disponer de dos descansos de media hora para amamantar a su hijo en el transcurso de la jornada de trabajo y por un período no superior a un año posterior a la fecha del nacimiento, salvo que por razones médicas sea necesario que la madre amamante a su hijo por un lapso más prolongado’.

Mientras que la Ley N° 26.873 de Lactancia Materna, Promoción y Concientización Pública señala que “en caso de que no pueda llevar a su hijo/a al lugar de trabajo, éste debe contar con espacios adecuados (limpios, cómodos y respetuosos) para la extracción de leche y su conservación adecuada durante la jornada laboral”.

La segunda Encuesta Nacional de Nutrición y Salud (ENNyS2, 2018-19) indicó que la prevalencia de lactancia en la Argentina al momento del nacimiento es del 96,9% y más de la mitad de los niños (56,5%) fueron puestos al pecho por primera vez en la primera hora de nacido.

Sin embargo, a los seis meses, la lactancia exclusiva se reduce bruscamente al 43,7% y una de cada 10 lactancias se pierde por motivos relacionados con la vuelta al trabajo.

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