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San Nicolás de los Arroyos
lunes, noviembre 4, 2024
Edición Diaria
Edición N°

HERRAMIENTAS PARA LA GENERACIÓN DE TRABAJO JOVEN A TRAVÉS DE LA OFICINA MUNICIPAL DE EMPLEO

BENEFICIO PARA PYMES

A través del Programa de Inserción Laboral el aporte para empleos de jornada completa en trabajadores de micro empresas es de 18.000 pesos mensuales, 14.000 pesos en pequeñas empresas, 11.500 en medianas empresas y 9.000 pesos para empleados de grandes empresas. Lo que resta para completar el salario de convenio para debe pagarlo cada empresa.

Por medio del programa de Inserción Laboral los jóvenes pueden acceder a un empleo en empresas de la ciudad.

De la redacción de EL NORTE
[email protected]

La Oficina municipal de Empleo promueve el programa de inserción laboral (PIL) a partir del cual las empresas pueden acceder a un incentivo económico para la contratación de trabajadores, que luego pueden descontar del salario que corresponda según la normativa aplicable.

La iniciativa establece un apoyo a nuevas contrataciones. En ese sentido, se apoyan las nuevas contrataciones registradas que realicen las empresas en el marco de las Leyes de Contrato de Trabajo N° 20.744, Régimen de trabajo Agrario N° 26.727 y de trabajo en la industria de la Construcción N° 22.250 (Se exeptúa el Contrato de Trabajo Eventual, la modalidad de Contrato a Plazo Fijo, será habilitado en aquellos casos que la contratación sea como mínimo de 4 meses).

En el caso del programa PIL Empalme el aporte del MTEySS a trabajadores de micro, pequeñas, medianas y grandes empresas asciende a 6.000 pesos, y se deposita en la cuenta sueldo del empleado. Lo que resta para completar el salario de convenio para jornada completa debe pagarlo cada empresa.



En tanto para el programa PIL el aporte del MTEySS para jornada completa en trabajadores de micro empresas es de 18.000 pesos mensuales, 14.000 pesos en pequeñas empresas, 11.500 en medianas empresas y 9.000 pesos para empleados de grandes empresas.

También aplica a aportes y contribuciones de la Seguridad Social. La empresa paga los aportes y contribuciones sobre la totalidad del salario. Se establece el mecanismo de pago del aporte del MTEySS y de empresas. Desde el MTEySS se paga un monto mensual a los trabajadores que las empresas descuentan del salario que tienen que abonar a los trabajadores.

En cuanto a la registración de trabajadores, las empresas obligatoriamente deben registrar a los trabajadores dando el Alta Temprana a través de la Administración Federal de Ingresos Públicos.



Aprendizaje

Por otra parte, la Oficina municipal de Empleo promueve un programa de aprendizaje práctico en empresas, una iniciativa que brinda herramientas a los trabajadores para desenvolverse en un puesto laboral.

Incluye un proceso a partir del cual los aprendices llevan a cabo acciones de formación teórica y práctica en el puesto de trabajo. La empresa asigna un tutor para acompañar al aprendiz. Luego de la conclusión del proyecto la empresa entrega al aprendiz un certificado. No hay relación laboral entre los trabajadores y la empresa mientras dure el entrenamiento.

El monto de la ayuda económica que reciben los participantes será de $15.000 por la prestación del servicio. La empresa debe brindar a los aprendices un seguro de accidentes personales. También debe otorgarles a los aprendices una cobertura de salud.



Las acciones se desarrollan en jornadas de 4 horas diarias hasta 20 horas semanales. Se pueden llevar a cabo de lunes a viernes en la franja horaria de 05:00 a 22:00. La duración máxima es de 6 meses.

Para acceder a información sobre estas iniciativas es preciso comunicarse al email [email protected], o bien al teléfono 0336-154344993. La Oficina municipal de Empleo se encuentra en Morteo 101 (Estación de trenes).