HABILITARON LICENCIAS PARA EL PERSONAL SANITARIO

DESCANSO ESPERADO

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Desde ahora y por tres meses podrán tomarse 14 días corridos, siempre que quede garantizada la labor asistencial en sus lugares de trabajo. La medida fue tomada por el Gobierno bonaerense y rige para los trabajadores de la salud que se desempeñan bajo el marco normativo de las leyes N° 10.430 y 10.471, e incluye el reglamento de becas y el reglamento de residencias.

La resolución busca “proteger la salud física y psíquica de los trabajadores y de las trabajadoras del Ministerio de Salud”. WEB

De la Redacción de EL NORTE
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El Gobierno bonaerense habilitó el uso de las licencias para el descanso de los trabajadores de la salud, que habían sido suspendidas por la pandemia de coronavirus.

Lo hizo mediante la Resolución Ministerial N° 2621/2021 con fecha 13 de julio de 2021, tras haber accedido en el marco de la reunión por salarios al reclamo de los gremios, que vienen advirtiendo sobre el agotamiento de los trabajadores de la salud.

Así, el Gobierno de Axel Kicillof flexiblizó el uso de la licencia para descanso anual y ordinaria que rige para los trabajadores de la salud que se desempeñan bajo el marco normativo de las leyes N° 10.430 y 10.471, el reglamento de becas y el reglamento de residencias.

Proteger la salud

La resolución indica que “a los efectos de proteger la salud física y psíquica de los  trabajadores y de las trabajadoras del Ministerio de Salud, quienes conforman uno de los sectores más críticos y exigidos frente a la situación epidemiológica que enfrenta la Provincia de Buenos Aires, se resolvió excluir de la suspensión establecida por el artículo 1° de la RESO-2020-412-GDEBA-MSALGP a las licencias mencionadas”.

Esa normativa autorizaba a suspender la licencia del personal del sistema sanitario a los fines de dar respuesta en el contexto de la pandemia que recién se iniciaba en el país.

De este modo, el texto aclara que “quienes ejerzan las funciones directivas en las distintas dependencias deberán otorgar las licencias mencionadas por un período máximo de catorce (14) días corridos, dentro del plazo de tres (3) meses a partir del dictado de la medida, en atención a las circunstancias inciertas que trae aparejada la evolución de la pandemia provocada por el nuevo COVID-19 y la situación de emergencia sanitaria declarada”.

Asimismo, se estableció que se podrán otorgar las licencias contempladas siempre que se encuentre garantizada la capacidad de asistencia sanitaria del sistema de salud, sin afectar el normal desarrollo del cumplimiento de las funciones encomendadas a tales fines en pos de la lucha contra la pandemia declarada por la Organización Mundial de la Salud.

La resolución se toma en un contexto de descenso de casos en territorio bonaerense por séptima semana consecutiva y en momentos en que también se registra una baja sostenida del nivel de ocupación de camas de terapia intensiva.