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sábado, octubre 19, 2024
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Conflicto Municipio-IOMA: las razones de la jueza Fulgheri que avalan al Ejecutivo

CONFLICTO MUNICIPIO VS. IOMA

“Nuestra tarea era tratar de que todos los trabajadores municipales queden amparados en su salud y vida conjuntamente con su grupo familiar”, aseveró la titular del Juzgado en lo Contencioso Administrativo Nº 1 en cuanto a la resolución cautelar que dictó para intermediar en el conflicto por la continuidad de cobertura sanitaria de IOMA a los trabajadores municipales que así lo eligieron.

De la Redacción de EL NORTE
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En medio del conflicto entre la Municipalidad de San Nicolás y IOMA, por la continuidad de cobertura a aquellos trabajadores municipales que optaron por no cambiar de obra social, la titular del Juzgado en lo Contencioso Administrativo Nº 1, María Isabel Fulgheri, emitió semanas atrás una resolución cautelar e indicó que espera respuesta de Fiscalía a su demanda a fin de bilateralizar y hacer un juicio contradictorio con las partes intervinientes.

Aunque antes la magistrada intentará brindar un espacio previo donde las partes puedan limar asperezas. “La idea de nuestro Juzgado es tratar de hacer una audiencia de acercamiento entre ambas partes. Estamos esperando que el expediente sea radicado nuevamente en nuestro Juzgado y que peticionen las partes. Y en base a eso concretar una audiencia”, aseveró Fulgheri en diálogo con Radio U.

Cabe recordar que el Ejecutivo local había iniciado en el mencionado Juzgado una acción pidiendo que IOMA aclare la situación de aquellos trabajadores que optaron por permanecer, argumentando que no habían logrado un acuerdo en el procedimiento administrativo. Ello teniendo en cuenta que mediante una ordenanza el Municipio propició la desafiliación de esa obra social proponiendo a cambio Avalian o la prestadora de salud que los trabajadores municipales eligieran, o bien, continuar con IOMA.

Argumentación

Respecto de los argumentos que respaldan su resolución cautelar, la jueza sostuvo: “La ley de IOMA Nº 6.982 dice que los municipios ‘podrán’ adherirse a esa obra social. Mi criterio es que ese verbo ‘podrán’ no es un deber; es discrecional del legislador comunal darle la posibilidad al trabajador de poder optar, y al titular del Poder Ejecutivo comunal que resulta ser el administrador de esa institución le otorga discrecionalidad para actuar, por supuesto, dentro de la razonabilidad constitucional”.

“Por estar la gente (municipales) en el medio, fue la contundente resolución nuestra de decir, primero de todo está la salud y vida del trabajador municipal y su grupo familiar que optó por IOMA”.

María Isabel Fulgheri, Juzgado Contencioso Administrativo Nº 1

Al tiempo que detalló que “hay otro artículo de la Constitución Nacional, el 19, y el 25 de la Constitución de la Provincia, que dicen que lo que por ley no está expresamente prohibido, no puede no aceptarse. Que también citamos nosotros en la resolución cautelar avalando, por lo menos provisoriamente, que la gente quede amparada. Nuestra tarea era tratar de que todos los trabajadores municipales queden amparados en su salud y su vida conjuntamente con su grupo familiar, por eso actuamos así”.

“Primero de todo está la salud”

Acerca de la postura de IOMA, que sostiene que el Municipio rompió el convenio colectivo con esa obra social provincial y así con todos los afiliados municipales a IOMA, Fulgheri puntualizó: “Expliqué en mi resolución que la Constitución fija a IOMA como la entidad autárquica que toma a cargo la salud y la vida de los empleados públicos, de los provinciales con obligación de la Provincia, y de los municipales con discrecionalidad del titular del Departamento Ejecutivo Municipal. Tanto es así que San Nicolás no es la primera en nuestra provincia”.

Y remarcó: “Por estar la gente (municipales) en el medio, fue la contundente resolución nuestra de decir, primero de todo está la salud y vida del trabajador municipal y su grupo familiar que optó por IOMA. Y no solo fue una resolución mía, sino que también me acompañó la Asesora de Incapaces que dijo que sí tenía que hacer lugar a cautelar. Es decir, la Justicia priorizó la salud y vida del trabajador municipal y su grupo familiar, y eso va a seguir priorizando mi juzgado”.

Cabe remarcar que la medida cautelar dictaminó que IOMA debe hacerse cargo de la asistencia sanitaria de los trabajadores municipales que optaron por continuar con esa obra social en las mismas condiciones en las que venía haciéndolo al 30 de junio de este año.

Así las cosas, “rige la medida cautelar en principio para resguardar las personas, y luego –de no alcanzar un acuerdo– se hará un juicio contradictorio donde se irán evacuando las dudas de ambos justiciables”, sostuvo Fulgheri. “Por supuesto, nuestras resoluciones estarán sujetas a consideración de las esferas posteriores”, marcó.

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