Las fechas y horarios fueron establecidos por la Dirección de Vialidad bonaerense, en conjunto con el Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos.

La restricción a la circulación de camiones tendrá lugar este viernes 28 de febrero, el sábado 1° y el martes 4 de marzo en las principales rutas del territorio bonaerense por el fin de semana largo con motivo del feriado de Carnaval.
Así lo dispuso la Dirección de Vialidad de la Provincia de Buenos Aires junto a al Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos. El objetivo es reducir el caudal vehicular en rutas y autopistas con el fin de contribuir a la seguridad vial.
Esta medida se repite cada año a raíz de las festividades de Carnaval. En estas fechas, miles de personas se movilizan por las rutas bonaerenses. La restricción se hará efectiva desde mañana en siete vías por las cuales los cambiones no podrán andar durante los días y horarios establecidos por los entes gubernamentales de la provincia de Buenos Aires.
La disposición busca prevenir accidentes durante los cuatro días de ocio que tendrán los argentinos en este inicio de marzo.
Restricción de circulación: rutas afectadas y vehículos alcanzados
La medida prohíbe la circulación de camiones con carga superior a 7.000 kilos en bruto en las siguientes rutas:
- Autovía 2
- Autopista Buenos Aires – La Plata
- Rutas provinciales:
- 11
- 36
- 56
- 63
- 74
Horarios y sentidos de circulación restringidos
Viernes 28 de febrero
- De 14:00 a 23:59 hs
Sábado 1° de marzo
- De 6:00 a 14:00 hs
Martes 4 de marzo
- De 14:00 a 23:59 hs
Sentido a CABA
- Viernes 28 de febrero 2025 → 14:00 a 23:59 hs
- Martes 4 de marzo 2025 → 14:00 a 23:59 hs
Sentido a Costa Atlántica
- Viernes 28 de febrero 2025 → 14:00 a 23:59 hs
- Sábado 1° de marzo 2025 → 6:00 a 14:00 hs
Tramos específicos con restricciones
- Autopista Buenos Aires – La Plata: desde CABA hasta La Plata.
- Ruta Provincial 2 (Autovía 2): desde el km 40,5 (Ramal Buenos Aires – Mar del Plata) hasta el km 400 (Camet).
- Ruta Provincial 11: desde la intersección con RP 36 (Pipinas) hasta el km 537 (Chapadmalal).
- Ruta Provincial 36: desde la Rotonda RP 10 (La Plata) hasta la intersección con RP 11 (Pipinas).
- Ruta Provincial 56: desde su intersección con RP 11 (Gral. Conesa) hasta la intersección con RP 74 (Gral. Madariaga).
- Ruta Provincial 63: desde el distribuidor de tránsito con RP 2 (Dolores) hasta la intersección con RP 11 (Esquina de Crotto).
- Ruta Provincial 74: desde su intersección con RP 56 (Maipú) hasta la intersección con RP 11 (Pinamar).
Vehículos exceptuados de la restricción
Podrán circular los transportes menores a 7 toneladas de porte bruto y los siguientes vehículos:
- Transporte de leche cruda, derivados y envases asociados.
- Transporte de animales vivos.
- Transporte de pescado y mariscos congelados.
- Transporte de productos frutihortícolas en tránsito.
- Transporte de prensa y unidades móviles de medios de comunicación.
- Vehículos de emergencias.
- Grúas y asistencia a vehículos averiados.
- Transporte de combustible, gas natural comprimido y gas licuado de petróleo.
- Transporte de gases para centros sanitarios y asistencias domiciliarias, con acreditación de destino.
- Transporte de medicinas.
- Transporte de residuos sólidos urbanos y/o patogénicos.
- Vehículos que circulen por orden judicial.
- Transporte de sebo, hueso y cueros.
Esta restricción se aplicará salvo que haya disposiciones en contrario por parte de la Secretaría de Gestión del Transporte de la Nación, la Comisión Nacional del Tránsito y la Seguridad Vial o la Agencia Nacional de Seguridad Vial.

