Experto de Yale: claves del fallo de EE.UU. por la expropiación de YPF

Un fallo que alivia a la Argentina pero deja advertencias

Sede de YPF y bandera argentina, en el centro del debate judicial en EE.UU.

NewsITe

El abogado argentino Sebastián Guidi, doctor en Derecho por la Universidad de Yale, analizó el reciente fallo de la Corte Suprema de los Estados Unidos en la causa por la expropiación de YPF y consideró que el reclamo contra la Argentina, tal como fue planteado, “no es proponible”, aunque advirtió que ello no cierra la puerta a eventuales demandas futuras con otros argumentos.

En diálogo con Radio Rivadavia, el especialista explicó que la Corte norteamericana entendió que el eje central del planteo de los demandantes —según el cual Argentina debió haber realizado una oferta pública de adquisición de acciones por lo establecido en el estatuto de YPF— no se sostiene jurídicamente en el marco de una decisión soberana de expropiación.

– Publicidad –

Guidi detalló que el estatuto de YPF regula el funcionamiento de la empresa como sociedad anónima y las relaciones internas entre los accionistas, pero “no crea obligaciones” que puedan imponerse al Estado al momento de decidir una expropiación, herramienta que forma parte de las potestades de los poderes públicos. En esa línea, señaló que el máximo tribunal de Estados Unidos entendió que ese tipo de reclamo no es el vehículo adecuado para cuestionar la medida argentina.

Impacto político y jurídico del pronunciamiento

El abogado también se refirió a la lectura política del fallo, que en la Argentina fue utilizado tanto por el oficialismo como por la oposición para justificar posturas enfrentadas sobre la estatización de la petrolera. Según Guidi, el texto de la decisión judicial “tiene algo para todos” y, en particular, “le da la razón al gobierno de Cristina Kirchner” en cuanto a que la expropiación no produjo las consecuencias económicas negativas que se le atribuían y pudo considerarse “conveniente” para los intereses del país.

Sin embargo, aclaró que la Corte estadounidense también deja asentado que expropiaciones como la de YPF pueden violar el estatuto societario y haber estado “políticamente mal” instrumentadas. Para el experto, esa doble dimensión —la legal y la política— marca el tono de un pronunciamiento que, si bien es favorable a la Argentina en este caso concreto, envía señales de cautela a los mercados y a los potenciales inversores.

  • El reclamo puntual fue rechazado por ser “no proponible” en los términos analizados.
  • El estatuto de YPF no se consideró fuente de obligaciones exigibles al Estado en una expropiación.
  • La Corte reconoció que la operación no tuvo las consecuencias económicas negativas alegadas.
  • Aun así, advirtió sobre el impacto político e institucional de expropiaciones de este tipo.

“Las expropiaciones así violan el estatuto y estuvieron políticamente mal”, remarcó Guidi, y subrayó que este tipo de decisiones, aunque luego sean convalidadas en los tribunales, “generan inseguridad jurídica”.

En ese sentido, el especialista señaló que el desafío para la Argentina es aprovechar el alivio que supone un fallo favorable en los tribunales de los Estados Unidos para mejorar la previsibilidad de sus decisiones económicas y regulatorias. La discusión en torno a YPF, concluyó, no se agota en la victoria judicial: reabre el debate sobre cómo diseñar políticas energéticas y de inversión que sean sustentables, transparentes y compatibles con la seguridad jurídica que demandan los proyectos de largo plazo.

- Publicidad -
- Publicidad -
- Publicidad -