La CAC apoya la reforma pero advierte por puntos “inconvenientes”

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La Cámara Argentina de Comercio y Servicios (CAC) expresó su respaldo general al proyecto de reforma de la Ley de Sociedades impulsado por el Gobierno nacional, pero advirtió que el texto enviado al Congreso contiene disposiciones que considera “inconvenientes” y que, por lo tanto, deberían ser revisadas antes de su aprobación definitiva.
El ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, presentó la iniciativa como un paso clave para dejar atrás lo que definió como la “tutela del Estado” sobre la actividad privada y avanzar hacia un esquema basado en la autonomía de la voluntad, la libertad contractual y un marco más desregulado para el funcionamiento de las empresas.
Desde la CAC, entidad que preside Mario Grinman, coincidieron en la necesidad de modernizar la normativa societaria, vigente desde hace décadas, pero remarcaron que el proyecto oficial modifica aspectos centrales de la ley que, a juicio del sector empresario, cumplen un rol relevante en materia de seguridad jurídica y protección de socios, acreedores y terceros.
Críticas a la eliminación de capital mínimo y reservas legales
Uno de los puntos que generó mayor preocupación en la Cámara es la supresión del requisito de capital mínimo para la constitución de determinadas sociedades. Según la entidad, ese parámetro funciona como una garantía básica frente a eventuales incumplimientos y su eliminación podría aumentar los riesgos para quienes contratan con las empresas.
En la misma línea, la institución cuestionó la eliminación de la obligatoriedad de conformar la reserva legal y la liberalización del uso de las reservas ya existentes. Para la CAC, estas herramientas contables son instrumentos que ofrecen respaldo ante contingencias y contribuyen a la estabilidad de las compañías en el mediano y largo plazo.
La Cámara también alertó sobre el fortalecimiento de la autonomía de la voluntad y el rol preponderante que pasarían a tener los estatutos y acuerdos privados entre socios. De acuerdo con su análisis, la ley adquiriría un carácter mayormente supletorio, mientras que el Registro Público vería limitada su función de control de legalidad, quedando enfocado casi exclusivamente en la publicidad registral.
La figura de la “Sociedad Automatizada” bajo la lupa
Otro de los ejes que despertó reparos es la incorporación de la figura de la “Sociedad Automatizada”, un tipo societario que operaría a través de algoritmos o sistemas de inteligencia artificial, sin requerir personal para su funcionamiento ordinario. Si bien el proyecto la presenta como una herramienta de innovación, la CAC planteó fuertes interrogantes sobre su encuadre jurídico.
- Responsabilidad ante eventuales fraudes o vaciamiento patrimonial.
- Determinación de quién responde por los daños civiles que pudiera ocasionar la sociedad.
- Necesidad de adaptar la normativa penal, tributaria y concursal a este nuevo esquema.
“Surge el interrogante de quién asume el dolo penal, el fraude o la responsabilidad civil si el patrimonio de la sociedad automatizada se vacía o resulta insuficiente”, advirtió la Cámara.
En este contexto, la CAC reclamó que el debate parlamentario se lleve adelante con amplia participación de especialistas universitarios, colegios profesionales y entidades empresarias. Afirmó que una reforma de esta magnitud exige compatibilizar la Ley de Sociedades con otras normas –como la legislación tributaria y la de concursos y quiebras– y modificar prácticas profesionales arraigadas, por lo que será indispensable una fuerte capacitación en el Poder Judicial, en los registros públicos y en el ámbito contable antes de su plena implementación.

